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Sentencia de Constitucionalidad25 de abril de 2012Sala Plena

C-300 de 2012

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Martin Bermudez Muñoz·Demandado Ley 1150 De 2007, Articulo 28

Tema · dato duro
Prorroga O Adicion En Contratos De Concesion De Obra Publica. No Pueden Referirse A Obras Que No Tengan Relación Directa Y Necesaria Con El Objeto Inicial Del Contrato, Acorde Con Los Principios De Igualdad, Imparcialidad, Eficiencia Y La Libre Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Constitucionalidad Condicionada
  • Interpretaciones diferentes de disposición legal
Contrato De Concesión
  • Importancia del principio de planeación
  • Jurisprudencia constitucional
  • Objeto
  • Por su finalidad, involucra la cláusula de reversión
  • Tiene características de contratos relacionales
  • Características
  • Definición
  • Elementos
  • Son incompletos
Contrato Estatal De Concesion De Obra Publica
  • Posibilidad de celebrar adiciones que versen sobre nuevas obras directamente relacionadas con el objeto del concesionado o recuperación de inversión debidamente soportada en estudios técnicos y económicos
Control De Constitucionalidad De Norma Derogada
  • Competencia de la Corte Constitucional
Control De Constitucionalidad De Norma En Materia De Contratacion Derogada
  • Improcedencia con relación a aspectos que escapan al juicio de constitucionalidad
Funcion Administrativa
  • Debe orientarse por los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen sus actuaciones
Modificacion De Contrato Estatal
  • Concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado
  • Instrumento útil para lograr los fines propios de la contratación estatal
Mutabilidad De Contratos De Concesion De Servicios Publicos
  • Concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado
Principio De Planeacion En Contrato De Concesion
  • Relación con los principios de economía, eficacia, racionalidad de la intervención estatal y libre concurrencia
Prorroga O Adicion En Contratos De Concesion De Obra Publica
  • No son nuevos contratos sino modificaciones del contrato estatal principal
  • Exequibilidad condicionada respecto de la expresión “obras adicionales directamente relacionadas con el objeto concesionado”
  • Interpretaciones posibles respecto de las expresiones “obras adicionales directamente relacionadas con el objeto concesionado” y “respecto de las concesiones viales deberá referirse al mismo cor
  • No pueden referirse a obras que no tengan relación directa y necesaria con el objeto inicial del contrato, acorde con los principios de igualdad, imparcialidad, eficiencia y la libre competencia
  • Respecto de la expresión “independientemente del monto de la inversión” solo permite una interpretación
  • Sujeto a condiciones excepcionales y a la verificación estricta de que obras estén directamente relacionadas con el objeto concesionado
  • Trámite legislativo
Contratacion Estatal
  • Principios de selección objetiva y libre concurrencia
Contratista
  • Criterios generales de selección
Contrato
  • Elementos de su esencia, de su naturaleza y accidentales
Contratos Estatales
  • Clases de modificación
  • Pueden ser modificados cuando sea necesario para lograr su finalidad y en aras de la realización de los fines del Estado
Libertad De Concurrencia En Contratacion Administrativa
  • Relación con el derecho a la libre competencia y otras libertades económicas
Procedimiento De Seleccion De Contratista
  • Principios de concurrencia y la igualdad entre proponentes
Prorroga De Los Contratos Administrativos
  • En si misma no es inconstitucional, sino su prórroga automática
Prorroga O Adicion En Contratos Estatales
  • Posturas del Consejo de Estado sobre el alcance y naturaleza
Prorrogas O Adiciones En Contratos De Concesion De Obra Publica
  • Exequibilidad de expresiones debió condicionarse de manera más exhaustiva
  • Interpretación de la expresión “independientemente del monto de la inversión”
Prorrogas Y Adiciones De Contratos Administrativos
  • Desarrollo jurisprudencial del Consejo de Estado
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
31 temas · 50 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

<br>Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 28 de la Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos.

Para el demandante, el primer inciso del artículo 28 de la Ley 1150 de 2007, específicamente en lo relacionado con posibilidad de hacer prórrogas o adiciones a los contratos de concesión de obras públicas, vulnera los artículos 209, 273 y 333 de la Constitución Política.

Para la Corte las prórrogas o adiciones en los contratos de concesión de obras públicas no pueden referirse a obras que no tengan relación directa y necesaria con el objeto inicial del contrato, acorde con los principios de economía, eficacia de la función pública.

Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del aparte acusado, en el entendido que la expresión “obras adicionales directamente relacionados con el objeto concesionado”, solamente autoriza la prórroga o adición de obras o actividades excepcional y necesariamente requeridas para cumplir con el objeto del contrato inicial. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 80/93EXEQUIBLE
Art. 28Ley 1150/07 «inciso 1»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el primer inciso del articulo 28 de la Ley 1150 de 2007, en el entendido que la expresion "obras adicionales directamente relacionadas con el objeto concesionado", solamente autoriza la prorroga o adicion de obras o actividades excepcional y necesariamente requeridas para cumplir el objeto del contrato inicial.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza MarteloAclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónJorge Iván Palacio PalacioAclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.