Micelio
Sentencia de Constitucionalidad2 de agosto de 2001Sala Plena

C-815 de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jose Antonio Lloreda Camacho

Tema · dato duro
Contrato De Concesion De Servicio Publico De Telecomunicaciones. Desigualdad De Condiciones Entre Concesionarios Y Quienes No Lo Son
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contrato De Concesion De Servicio Publico De Telecomunicaciones
  • Desigualdad de condiciones entre concesionarios y quienes no lo son
  • Establecimiento por el Estado de límites bajo modalidad de prohibiciones
Contrato De Concesion De Servicios Publicos
  • Sujeción a principios de la función pública
  • Campo de la función pública y no de libertad económica
Espectro Electromagnetico
  • Concepto
  • Condiciones entre quienes tienen acceso y quienes no
  • Garantía de pluralismo para evitar concentración monopolística en acceso
  • Garantía para evitar prácticas monopolísticas en acceso
  • Bien público
  • Desigualdad de condiciones entre quienes disponen de acceso y quienes no
  • Determinación de condiciones por el Estado para utilización y prestación
  • Igualdad de condiciones de participantes en proceso licitatorio
  • Promoción para garantizar una competencia suficiente en acceso
  • Relación con servicios de telecomunicaciones
Igualdad De Oportunidades En Contrato De Concesion
  • Límites a libertad de concurrencia u oposición
Libre Competencia Economica
  • Alcance
  • Ambito determinado por legislador
  • Límites
  • Promoción de pluralidad de oferentes
  • Restricciones legislativas
  • Armonización con la función social
  • Concepción social del mercado
  • Límites para la preservación
  • Límites y restricciones que no vulneren la igualdad
Servicio Publico De Telecomunicaciones
  • Ambito de regulación
  • Actuación del Estado regulador
  • Delegación en particulares de prestación y deber de intervención del Estado
Servicios De Comunicacion Personal
  • Regulación económica
  • Concepto
  • Incompatibilidades por desigualdad de condiciones entre sujetos
  • Incompatibilidades que actúan como límites del derecho de concurrencia
  • Límites y prohibiciones para participar en licitación, obtener concesiones y ser accionista
  • Prohibición de obtener concesiones y participación como accionistas
  • Restricciones al proceso inicial de concesión
Servicios Publicos Prestados Por Particulares
  • Sujeción a principios de la función pública
  • Prestación
Telecomunicacion Movil
  • Preservación de competencia
Telefonia Movil Celular Y Servicios De Comunicacion Personal
  • Servicios sujetos a la intervención del Estado
Concesionarios De Servicios De Comunicacion Personal
  • Restricción temporal de participación en mercado accionario
Contratacion Administrativa
  • Establecimiento de prohibiciones
  • Prohibiciones no implican limitación de libertad económica
Contrato De Concesión
  • Bienes y servicios públicos
Proceso De Licitacion En Servicios De Comunicacion Personal
  • Impedimento de participación
  • Prohibición de operadores, empresas y accionistas de TMC y Trunking
  • Regulación de entrada al mercado específico de participación
  • Regulación de propiedad cruzada respecto de participación
Servicio Publico
  • Prestación que comporta utilizar bien público
Telefonia Movil Celular
  • Concepto
  • Incompatibilidad para concesionarios y accionistas
20 temas · 52 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 555 de 2000.

Art. 11 lit.b).

Prestacion de los servicios de comunicacion personal pcs.

Concesiones iniciales.

Telefonia movil celular tmc.

Reglas.

Participacion en el proceso de licitacion.

Accionistas.

Acceso al espectro electromagnetico.

Libre competencia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2067/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 16Decreto 2067/91EXEQUIBLE
Art. 18Decreto 2067/91EXEQUIBLE
Art. 11Ley 555/00 «Parcial.»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion, oido el concepto del Procurador General de la Nacion y surtidos los tramites que ordena el Decreto 2067 de 1991,
  2. R E S U E L V E
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES los incisos 1deg y 2deg del literal b) del articulo 11 de la Ley 555 de febrero de 2000, en relacion con lo acusado.
  4. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLES el inciso 3deg del literal b) y el literal c) del articulo 11 de la Ley 555 de febrero de 2000, siempre y cuando se entienda que, vencido el termino de tres (3) anos previsto en los citados literales, el legislador, de manera especial para el ambito de los servicios de telecomunicaciones a que se refieren las normas acusadas, y las demas autoridades dentro de las respectivas orbitas de competencia, deben regular en forma especifica el tema de la negociacion de acciones, la concentracion y los demas aspectos materiales que estimen conducentes, a efectos de impedir que, abierto el mercado accionario, tengan lugar las practicas monopolisticas y el abuso de la posicion dominante.
  5. De conformidad con lo dispuesto en los articulos 16 y 18 del Decreto 2067 de 1991,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónManuel José Cepeda Espinosa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.