Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de noviembre de 2022Sala Plena

C-437 de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Bejarano Guzmán Ramiro Y Otros·Demandado Ley 1978 De 2019

Tema · dato duro
Televisión Abierta Radiodifundida. Pagos Que Deben Realizar Los Operadores Del Servicio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juicio Integrado De Igualdad
  • Criterio de comparación, patrón de igualdad o tertium comparationis
  • Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
Servicio De Televisión Abierta Radiodifundida
  • Régimen de transición para operadores establecidos
  • Obligaciones económicas durante el periodo de transición a cargo de operadores establecidos, que se acojan o se acogieron al régimen de habilitación general, se ajusta a la Constitución Política
Test O Juicio Integrado De Igualdad
  • Jurisprudencia constitucional
Integracion De Unidad Normativa
  • Configuración
  • Improcedencia
Espectro Electromagnetico
  • Concepto e importancia
Espectro Radioelectrico
  • Condiciones de acceso y utilización
Igualdad De Oportunidades En El Acceso Al Espectro Electromagnetico Y Derecho A La Igualdad
  • Ejercicio de la libertad de expresión e información y derecho a fundar medios masivos de comunicación
Servicio Publico De Television
  • Clasificación funcional
  • Fines
  • Regulación
Provisión De Redes Y Servicios De Telecomunicaciones
  • Contraprestación periódica única prevista en el esquema de habilitación general
Juicio De Igualdad
  • Intensidad leve
12 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 33 (parcial) de la Ley 1978 de 2019, por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes consideran que la disposición acusada, resulta incompatible con el preámbulo y con los artículos 13, 20 y 75 de la Constitución Política.

En su criterio, cuando prevé un régimen de transición, en virtud del cual los operadores del servicio de televisión abierta radiodifundida, que se encuentren operando al momento de expedición de la ley y decidan acogerse al nuevo modelo de habilitación general, deben pagar diferentes tarifas que aquellas que se cobran a los operadores nuevos o entrantes en el mismo esquema de habilitación general, desconoce los derechos a la igualdad, a la libertad de expresión, a fundar medios masivos de comunicación, y al acceso equitativo al espectro electromagnético.

La Corte concluyó que el mantenimiento de obligaciones económicas durante el periodo de transición a cargo de los operadores establecidos que prestan el servicio de televisión abierta radiodifundida, que se acojan o se acogieron al régimen de habilitación general, se ajusta a la Carta Superior y, por lo tanto, no viola los derechos invocados.

Con base en lo anterior se declaran EXEQUIBLES los apartes demandados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1978/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 33Ley 1978/19EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. ÚNICO. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, los apartes demandados del artículo 33 de la Ley 1978 de 2019, "Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerSalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.