Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de mayo de 2002Sala Plena

C-369 de 2002

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Cuarto Protocolo Anexo Al Acuerdo General Sobre El Comercio De Servicios Con La Lista De Compromisos Especificos De Colombia Anexa
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cuarto Protocolo Anexo Al Acuerdo General Sobre El Comercio De Servicios Con Lista De Compromisos Especificos De Colombia Anexa
  • Acuerdo comercial plurilaterales
  • Inexistencia de necesidad de firma y vigencia antes de aprobación por el Congreso
  • Vigencia al momento de revisión constitucional
  • Acto externo que modifica legislación existente
  • Actos del embajador y no incidencia en competencia de revisión constitucional
  • Competencia para conocer a pesar de vigencia internacional
  • Inexistencia de acto administrativo que ordene aplicación provisional ni envío inmediato al Congreso para aprobación
  • Vicio insubsanable
Congreso
  • Bicameral
  • Sistema bicameral en que no existe prevalencia funcional
Acuerdo General Sobre El Comercio De Servicios
  • Cláusulas autoejecutables y programáticas
  • Estados pueden modificar sus compromisos específicos
  • Objeto
  • Declaración interpretativa
  • Listas nacionales anexas
  • Obligaciones para sus miembros
Comercio De Servicios
  • Particularidades
Enmienda De Tratado Internacional
  • Sujeción al mismo procedimiento de aprobación y control constitucional
  • Modificación de compromisos
Espectro Electromagnetico
  • Acceso en condiciones de igualdad
  • Concepto y alcance
Instrumentos Internacionales
  • Efectos distintos de la firma
Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Propuesta razonada por comisión competente a la Plenaria
  • Iniciación en Senado no implica aprobación integral en el mismo ante debate simultáneo por mensaje de urgencia
  • Demanda ciudadana por perfeccionamiento
  • Finalidad
Ley
  • Carácter obsoleto por requerir regulación dinámica, transparente y multidisciplinaria
  • Origen en cualquiera de las Cámaras
Libertad De Comercio
  • Vigilancia estatal y reserva de algunas actividades
Organizacion Mundial Del Comercio
  • Finalidad de evitar discriminaciones comerciales
  • Ámbito
  • Clases de acuerdos
Proyecto De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Iniciación del trámite no desconoce competencia del Gobierno para trámite de urgencia
  • No salto abrupto de comisiones en sesiones conjuntas a la Cámara para aprobación antes del Senado
  • Vicio insubsanable por aprobación en la Cámara por plenaria antes de aprobación de Senado
  • Mensaje de urgencia y solicitud de deliberación conjunta
  • Trámite ordinario limita competencia de la Cámara por tener prelación al Senado
Protocolo
  • Abierto a la aceptación de miembros interesados de la OMC
  • Constituye un acuerdo internacional y produce efectos
  • Fijación del texto para posterior aprobación interna y ratificación por Estados
  • Suscripción
  • No prevé firma de representantes de Estados
Proyecto De Ley
  • Aprobación en segundo debate se cumple en Cámara en que tuvo origen
  • Deliberación conjunta por tener exigencias especiales en relación con la iniciación
  • En trámite de urgencia la posible simultaneidad del segundo debate hace que no exista prelación temporal de una Cámara sobre otra
  • Iniciación trámite no incluye culminación en comisión del Senado antes de aprobación en Cámara si existió sesión conjunta por mensaje de urgencia
  • Mensaje de urgencia encontrándose al estudio de una comisión permanente
  • Mensaje de urgencia implica por lo menos agotamiento de una etapa en la Cámara correspondiente
  • Negativa en primer debate
  • Objeción por el Ejecutivo y devolución donde tuvo origen
  • Requisitos
  • Sanción presidencial
  • Solicitud de deliberación conjunta encontrándose al estudio de una Comisión
  • Trámite de urgencia no hace imperativo mediación de quince días
  • Aprobación como culminación del segundo en la Cámara de origen
  • Eliminación de prelación usual de una Cámara sobre otra por deliberación conjunta
  • En trámite de urgencia deliberación conjunta obvia paso de una Cámara a otra
  • Iniciación trámite se circunscribe a comenzarlo o promoverlo y no a terminación integral
  • No alteración de orden de aprobación
  • Orden de aprobación no se altera en caso de sesiones conjuntas de las comisiones
  • Primacía de la Cámara no hace nugatoria deliberación conjunta
  • Regulaciones especiales no anulan facultades del Gobierno
  • Segundo debate en Cámara de origen ante objeción
  • Trámite de urgencia
  • Trámite de urgencia altera el rito ordinario
Servicio De Telecomunicaciones
  • Apertura y servicio portador
  • Reglamentación de otorgamiento de licencias para nuevos concesionarios
Servicios De Telecomunicadores En Acuerdo General Sobre El Comercio De Servicios
  • Vigilancia y control del Estado sobre prestación de servicios y reserva de algunas actividades
Tratado Internacional
  • Competencia de revisión constitucional aunque se encuentre vigente
  • Compromiso previa aprobación del Congreso y control constitucional
  • Concepción monista moderada en competencia sobre el perfeccionamiento
  • Confirmación presidencial subsana vicios de representación en suscripción
  • Consecuencias de la inconstitucionalidad por irregularidad en suscripción
  • Consentimiento del Estado es posterior al cumplimiento de exigencias constitucionales
  • Declaración interpretativa
  • Entendimiento de firma de representante como ad referéndum
  • Irregularidad en suscripción
  • Irregularidades que no afectan validez
  • No aprobación previa por el Congreso ni revisión previa por la Corte Constitucional
  • Excepción a compromiso previa aprobación del Congreso y control constitucional
  • Finalidad de la aprobación por el Congreso
  • Firma entendida exclusivamente como ad referéndum
  • Firma que compromete al Estado
  • Firma que no compromete por desconocer normas constitucionales de competencia para aprobación
  • Inaplicación por ser contrario a la Constitución
  • Incluyen protocolos y modificaciones
  • Previa aprobación legislativa y control constitucional
  • Suscripción irregular por compromiso antes de aprobación por el Congreso y control constitucional
  • Análisis de competencia para conocer de ley aprobatoria perfeccionada
  • Firma ad referéndum
  • Presupuesto para validez y eficacia internas
  • Consentimiento del Estado con violación de norma del derecho interno sobre competencia
  • Depósito de nuevo instrumento de ratificación para convalidar eventual nulidad por carencia absoluta de competencia del representante
  • Depósito por Gobierno de instrumento de ratificación para validez
  • Efectos distintos de la firma
  • No vincula sin previa aprobación por el Congreso y control constitucional
  • Revisión automática de constitucionalidad para ratificados con posterioridad a la Constitución
  • Revisión constitucional para ejecución interna
  • Vigencia no impide revisión constitucional
  • Vigencia previa aprobación por el parlamento
Tratado Internacional Perfeccionado
  • Competencia
  • Revisión integral de constitucionalidad
Cuarto Protocolo Anexo Al Acuerdo General Sobre El Comercio De Servicios
  • No comprometió por lo que Gobierno debe ratificarlo
Libre Competencia Economica
  • Alcance
  • Concepto y finalidad
Ley Aprobatoria De Tratado Internacional Perfeccionado
  • Competencia de la Corte Constitucional
29 temas · 112 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 671 de 2001.

Cuarto protocolo anexo al acuerdo general sobre el comercio de servicios con la lista de compromisos especificos de colombia anexa.

Telecomunicaciones.

Interconexion.

Telefonia publica basica conmutada.

Otorgamiento de licencias.

Telecom.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 671/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 671/01EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el "
  2. Cuarto. Protocolo anexo al acuerdo General sobre el Comercio de Servicios con la lista de compromisos especificos de Colombia anexa", hecho en Ginebra el 15 de abril de 1997.
  3. El Estado colombiano, al depositar el instrumento de ratificacion, debera realizar una declaracion interpretativa en el sentido que el articulo 365 de la Constitucion establece literalmente que "si por razones de soberania o de interes social, el Estado, mediante ley aprobada por la mayoria de los miembros de una y otra camara, por iniciativa del Gobierno decide reservarse determinadas actividades estrategicas o servicios publicos, debera indemnizar previa y plenamente a las personas que en virtud de dicha ley, queden privadas del ejercicio de una actividad licita".
  4. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 671 de julio 30 de 2001, que aprueba el "
  5. Cuarto. Protocolo anexo al acuerdo General sobre el Comercio de Servicios con la lista de compromisos especificos de Colombia anexa", hecho en Ginebra el 15 de abril de 1997.
  6. Tercero. Comuniquese esta decision al Gobierno Nacional por intermedio de la Secretaria General de la Presidencia de la Republica, y enviesele copia autentica de la misma para los efectos constitucionales previstos en el numeral 10 del articulo 241 de la Carta Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónEduardo Montealegre LynettAclaraciónMarco Gerardo Monroy CabraSalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.