Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de noviembre de 2022Sala Plena

C-438 de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante García Agudelo Martín Alonso·Demandado Ley 2195 De 2022

Tema · dato duro
Medidas De Prevención Y Lucha Contra La Corrupción. Responsabilidad Fiscal De Personas Que Causen Daños Al Patrimonio Público Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control Fiscal
  • Definición
  • Finalidad
  • Reglas jurisprudenciales
  • Importancia en el Estado de Derecho
  • Jurisprudencia constitucional
Contraloria General De La Republica
  • Competencias y funciones
  • Control fiscal
Estado Social De Derecho
  • Prevención de la corrupción
Integracion De Unidad Normativa
  • Procedencia excepcional
  • Eventos en que procede
Medidas Para Combatir La Corrupcion
  • Instrumentos internacionales
Proceso De Responsabilidad Fiscal
  • Derivación del ejercicio de una gestión fiscal
  • Ejercicio de la gestión fiscal
  • Naturaleza
  • Objeto
  • Sujeto pasivo
Responsabilidad Fiscal De Particulares Que Ocasionen Daños Al Patrimonio Público Cuando No Realizan Gestión Fiscal
  • Excede facultades atribuidas a la Contraloría General de la República y demás órganos de vigilancia y control fiscal
12 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 37 de la Ley 2195 de 2022, por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.

El actor considera que la disposición acusada vulnera los artículos 4, 29, 119, 267, 268 numeral 5, y 272 de la Constitución Política, al desbordar los alcances propios del control fiscal.

La Corte consideró que, si bien la lucha contra la corrupción comporta un objetivo relevante y primordial para el Estado, esta finalidad de ninguna manera puede desconocer el diseño constitucional sobre la responsabilidad fiscal y las competencias que en esta materia fueron atribuidas a la Contraloría General de la República y las contralorías departamentales, distritales y municipales.

En tal sentido, la Sala Plena concluyó que la norma censurada es contraria a la Carta Superior, puesto que el legislador le atribuyó a los órganos de control fiscal una facultad que constitucionalmente no le está permitida, como lo es, establecer o deducir responsabilidad fiscal de los particulares cuando no ejercen gestión fiscal.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD del artículo cuestionado en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2195/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 37Ley 2195/22INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. ÚNICO.- Declarar INEXEQUIBLE el artículo 37 de la Ley 2195 de 2022, "[p]or medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.