Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de febrero de 2024Sala Plena

C-035 de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante López Molina Juan Manuel·Demandado Ley 2294 De 2023

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De La Demanda Presentada En Contra De Norma Del Plan Nacional De Desarrollo 2022-2026 Que Contempla Destinación De Los Recursos Obtenidos Por Las Cámaras De Comercio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento del requisito de certeza en los cargos
Control Constitucional
  • Debe haber demanda de inconstitucionalidad con aptitud para provocar pronunciamiento de fondo
  • Debe versar sobre norma demandada o susceptible de control en virtud de la integración de unidad normativa
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cargos relacionados con interpretación de normas
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • No estructuración de un verdadero cargo de inconstitucionalidad
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 98 de la Ley 2294 de 2023, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida.

El demandante señaló que la norma cuestionada viola los artículos 338 y 359 de la Constitución, así como el artículo 16 del Estatuto Orgánico del Presupuesto.

Lo anterior, porque (i) crea una transferencia que en realidad es un impuesto y éste no cumple con los principios de legalidad y certeza tributaria; (ii) los recursos generados por este impuesto se destinan de manera específica a financiar programas y políticas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, lo cual implica una asignación específica.

Al evaluar la demanda para proferir una decisión de mérito, la Sala Plena de la Corte concluyó que los cargos propuestos no cumplen el requisito de certeza necesario para emitir un pronunciamiento de fondo.

Concluyó que la demanda carece de una interpretación objetiva y razonable del enunciado normativo, y que, por el contrario, se basa en suposiciones o interpretaciones subjetivas del demandante que contravienen el tenor literal de la ley, omiten el contexto normativo en el que se inserta, y además no son compartidas por el sector al que se aplica la norma.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2294/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 98Ley 2294/23INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. ÚNICO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 98 de la Ley 2294 de 2023, "por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida".", por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.