C-126 de 2016
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Maximo Jose Noriega Rodriguez·Demandado Ley 1551 De 2012, Articulo 6, Paragrafo 4
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Control de límites
- Control flexible
- Corte ha debido inhibirse de emitir fallo de fondo debido a que la demanda carece de aptitud
- Junto con la posibilidad de contratar con el Estado existen diferentes modalidades de contratación estatal
- Norma no excluye celebrar contratos por mayor cuantía por medio de procedimientos de selección objetiva
- Corte no se centró en contrastar la norma acusada con el principio de participación
- Fallo debió ser de carácter inhibitorio por incumplir el requisito de certeza
- Norma no restringe la participación sino limita la celebración directa
- Limitación de la mínima cuantía
- Toma de decisiones
- Finalidad
- Significado y alcance
- No es absoluta
- Carácter democrático y participativo
- Celebración de convenios Solidarios
- Libertad de configuración política
- Amplia libertad de configuración normativa
- Objetivos generales
- Regulación legal
- Evolución histórica y conceptual en nuestro ordenamiento jurídico
- Naturaleza
- No desconoce el principio de participación ciudadana
- Libertad de configuración legislativa
- Alcance
- Toma de decisiones y modelo de comportamiento político y social
- Importancia de las juntas de acción comunal
- Amplia facultad del Legislador
- Celebración directa de convenios solidarios entre juntas de acción comunal y entes territoriales para ejecutar obras hasta mínima cuantía
- Competencia para hacer, reformar o derogar leyes y expedir códigos
- Medio para la consecución de los objetivos
- Configuración del Legislador
- Interés general
- Lineamientos no constituyen restricción o afectación al principio de participación
- Reconocimiento internacional
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Objeto y concepto de la violación
- Consagración constitucional
- Alcances y límites
- Estrechamente ligada al principio democrático
- Implicaciones
- Límites de la libertad de configuración legislativa
- Proporcionalidad frente al derecho de acceso a la administración de justicia y primacía de lo sustancial sobre lo formal
- Reiteración de jurisprudencia
- Principios de proporcionalidad y razonabilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad parcial contra el parágrafo 4º del artículo 6º de la Ley 1551 de 2012, por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.
Los demandantes consideran que el precepto objeto de censura contraviene lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política, en cuanto circunscribe la participación comunitaria, a través de los convenios sociales, a ciertos límites presupuestales.
La Corporación considera que la expresión “hasta por la mínima cuantía” acusada es una manifestación de la libertad de configuración del Legislador, proferida en virtud de la facultad que la Constitución le otorga para regular los aspectos más importantes de la contratación pública, sin que se sobrepasen los límites propios de dicha libertad y sin que viole el principio de participación ciudadana.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1551/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "hasta por la minima cuantia" del paragrafo 4o del articulo 6o de la Ley 1551 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.