C-543 de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Dubis Carmiña Cantor Garcia·Demandado Numeral 4 Del Articulo 34 De La Ley 50 De 1990
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Integración familiar es decisivo
- Ampliación de sujetos titulares
- Sujetos titulares
- Ampliación de la protección
- Sentido y alcance
- Alcance
- Finalidad
- Importancia
- Comparación para determinar los sujetos titulares en materia de licencia de maternidad
- Protección constitucional especial
- Medida de protección de los intereses superiores de la niñez
- Requieren de un mayor acompañamiento
- Especial condición de vulnerabilidad
- Características
- Protección sin excepción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el numeral 4º del artículo 34 de la Ley 50 de 1990, modificatoria del artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo.
El numeral atacado precisa lo siguiente: 4º.
Todas las provisiones y garantías establecidas en el presente capítulo para la madre biológica se hacen extensivas, en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, para la madre adoptante del menor de siete (7) años de edad, asimilando la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se adopta.
La licencia se extiende al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente.
La demandante considera que el artículo acusado vulnera los artículos 13, 42 y 43 de la Constitución Política.
Para la Corte la distinción prevista en la norma no busca una finalidad legítima y contradice principios y derechos constitucionales fundamentales.
La exclusión de la referida expresión, posibilita que todas las madres adoptantes de niños, niñas y adolescentes menores de dieciocho (18) años puedan disfrutar de la licencia de maternidad acorde con el derecho a la igualdad de los hijos, niños y niñas consagrados en la Constitución.
Se declara INEXEQUIBLE la expresión del menor de siete (7) años de edad.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 50/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "del menor de siete (7) años de edad" contemplada en el artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo -modificado por la Ley 50 de 1990- por los cargos analizados en la presente sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.