Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de junio de 2010Sala Plena

C-543 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Dubis Carmiña Cantor Garcia·Demandado Numeral 4 Del Articulo 34 De La Ley 50 De 1990

Tema · dato duro
Derecho A Gozar De Las Ventajas Que Derivan De La Licencia De Maternidad. Ampliación De Sujetos Titulares
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Adopcion De Niños Y Niñas
  • Integración familiar es decisivo
Licencia De Maternidad
  • Alcance
  • Finalidad
  • Importancia
Tertium Comparationis
  • Comparación para determinar los sujetos titulares en materia de licencia de maternidad
Mujer Embarazada
  • Protección constitucional especial
Adopcion
  • Medida de protección de los intereses superiores de la niñez
Derecho A La Igualdad Entre Hijos
  • Protección sin excepción
14 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de Inconstitucionalidad contra el numeral 4º del artículo 34 de la Ley 50 de 1990, modificatoria del artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo.

El numeral atacado precisa lo siguiente: 4º.

Todas las provisiones y garantías establecidas en el presente capítulo para la madre biológica se hacen extensivas, en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, para la madre adoptante del menor de siete (7) años de edad, asimilando la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se adopta.

La licencia se extiende al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente.

La demandante considera que el artículo acusado vulnera los artículos 13, 42 y 43 de la Constitución Política.

Para la Corte la distinción prevista en la norma no busca una finalidad legítima y contradice principios y derechos constitucionales fundamentales.

La exclusión de la referida expresión, posibilita que todas las madres adoptantes de niños, niñas y adolescentes menores de dieciocho (18) años puedan disfrutar de la licencia de maternidad acorde con el derecho a la igualdad de los hijos, niños y niñas consagrados en la Constitución.

Se declara INEXEQUIBLE la expresión del menor de siete (7) años de edad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 50/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 236Ley 50/90INEXEQUIBLE
Art. 34Ley 50/90INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«el menor de siete (7) años de edad»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Primero. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "del menor de siete (7) años de edad" contemplada en el artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo -modificado por la Ley 50 de 1990- por los cargos analizados en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.