C-542 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Leonardo Acevedo Valencia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Criterio formal y criterio material
- No pueden considerarse como actos administrativos y solo en casos excepcionales pueden ser vinculantes
- Exclusión de responsabilidad por el contenido del concepto
- Naturaleza jurídica
- Características
- Función
- Modalidad reforzada
- Papel en el Estado Social y Democrático de Derecho
- Requisitos de la respuesta
- Facultad de emitir conceptos con carácter obligatorio
- Criterios para determinarla
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo contencioso administrativo (decreto 01 de 1984) articulo 25.
Derecho de peticion.
El objeto de la presente demanda son las expresiones no y ni contenidas en el inciso tercero del articulo 25 del codigo contencioso administrativo que regula el derecho de peticion.
Papel del derecho de peticion en un estado social y democratico de derecho.
Derecho de peticion de consultas.
Es justamente la necesidad de que la administración rinda cuentas la que marca el signo distintivo de un estado social y democratico al servicio de los ciudadanos.
Exequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (22 puntos)
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones no y ni contenidas en el inciso 3°. del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
- JAIME ARAUJO RENTERIA
- Presidente
- CON ACLARACION DE VOTO
- ALFREDO BELTRAN SIERRA
- Magistrado
- MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- JAIME CORDOBA TRIVIÑO
- Magistrado
- RODRIGO ESCOBAR GIL
- Magistrado
- MARCO GERARDO MONROY CABRA
- Magistrado
- HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
- Magistrado
- ALVARO TAFUR GALVIS
- Magistrado
- CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
- Magistrada
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
- Se
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.