Micelio
Sentencia de Tutela11 de febrero de 2010

T-106 de 2010

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Denis Maria Gomez Herrera·Demandado Accion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion De Desplazados
  • Vulneración por parte de Acción Social al no dar respuesta de la solicitud de la accionante para ser individualizada en el RUPD
  • Doble connotación respecto al carácter fundamental del derecho y como sujeto de especial protección respecto a la calidad de desplazado
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Dignidad humana, vida, mínimo vital, demás derechos de la población desplazada.

La accionante es desplazada, solicita ser individualizada junto con su núcleo familiar en el RUPD, ya que no ha podido recibir las ayudas correspondientes por que aparece en el grupo familiar de su madre, que se le acredite su condición de desplazada y que se le brinden las ayudas a que tiene derecho, presentó derecho de petición en septiembre de 2008 y aun no se le ha dado ningún tipo de respuesta.

La Sala se pronuncia sobre la acción de tutela como mecanismo judicial idóneo para amparar los derechos fundamentales de la población en situación de desplazamiento forzado, el derecho de petición como principio fundamental y el deber de respuesta a personas en situación de desplazamiento forzado, se encuentra que los derechos fundamentales de la accionante han sido vulnerados por Acción Social, por lo tanto se le ordena dar respuesta al derecho de petición, su inscripción en el RUPD, y la entrega de las ayudas humanitarias correspondientes.

Concedida. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas, la sentencia del 7 de julio de 2009 proferida por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Adolescentes de Valledupar, dentro de la acción de tutela iniciada por Denis María Gómez Herrera contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - ACCIÓN SOCIAL-.
  3. SEGUNDO. TUTELAR el derecho de petición de la señora Denis María Gómez Herrera, vulnerado por la entidad demandada. En consecuencia, ordenar a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional -ACCIÓN SOCIAL-, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, responda de fondo y de manera clara, precisa y completa el derecho de petición del 19 de septiembre de 2008 interpuesto por la demandante.
  4. La respuesta a la petición deberá ser efectivamente comunicada a la actora en la dirección aportada por ésta en el derecho de petición y si ello no es posible, se utilizarán los demás datos de correspondencia que aparecen en este expediente o que puedan reposar en los archivos de la entidad accionada.
  5. TERCERO. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, - ACCIÓN SOCIAL-, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, la señora Denis María Gómez Herrera junto con su núcleo familiar sea individualizada en el Registro Único de Población Desplazada y le sean entregadas las ayudas humanitarias pertinentes, en el evento en que no las haya recibido aún.
  6. LÍBRESE por Secretaria General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.