Sentencia de Tutela17 de junio de 1992
T-419 de 1992
Ponente Simon Rodriguez Rodriguez
✓Demandante Angel Maria Mejia
✓
Tema · dato duro
Derecho De Propiedad Privada. Derecho A La Libre Empresa. Debido Proceso. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
10 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución:
- FALLA :
- Primero. Confirmar la providencia proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Envigado (Antioquia) del 16 de diciembre de 1991, por las razones expuestas en esta sentencia.
- Segundo. Comuníquese al Juzgado Civil del Circuito de Envigado (Antioquia) la presente decisión para que sea notificada a las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, con entrega a cada cual de copia de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por114
T-197/24Derechos De Petición, Etno-Educación Y Consulta Previa De Comunidad Indígena-Concede Tutela Por Falta De Respuesta A La Solicitud De Revocatoria Directa De Acto Administrativo.T-192/22Derecho De Peticion. No Vulneracion Por Cuanto Se Dio Respuesta De Manera Oportuna, Completa Y CongruenteSU.067/22Concurso De Meritos Para Funcionarios De La Rama Judicial. No Vulneracion Del Principio De Confianza Legitima Ni De Derechos Fundamentales De Los Participantes En Convocatoria, Al Expedir Resolucion Que Dispuso Corregir Irregularidades Ocurridas En La Estructuracion Y Evaluacion De La Prueba De Conocimientos Y AptitudesT-155/18Derecho A La Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Sobrevivientes.T-488/17Separacion Del Nucleo Familiar De Personas Victimas Del Desplazamiento Forzado. Vulneracion De Uariv Al Negar Ayuda Humanitaria.T-477/17Accion De Tutela Para Reclamar Acreencias Pensionales. Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad.
Ver las 114 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.