Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de julio de 2003Sala Plena

C-525 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Jose Gregorio Hernandez Galindo

Tema · dato duro
Decreto Legislativo 1604 De 1966. Decreto Extraordinario 3160 De 1968. Arts. 32 Y 36. Ley 383 De 1997. Art. 45. Impuesto De Valorizacion. Contribucion Especial. Determinacion De La Tarifa A Pagar. Ministerio De Obras Publicas. Fortalecimiento De La Lucha
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contribucion De Valorizacion
  • Conforme a la jurisprudencia constitucional es una contribución especial no un impuesto
  • Consagración legal
  • Elementos del tributo
  • No vulneración de los principios de legalidad de los tributos, democrático y representación
  • Vulnera principio de legalidad al no contemplar el sistema y el método para determinar el valor a pagar
Tributo
  • Elementos
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Derogación tácita de norma
Sistema Y Metodo
  • Ausencia impide que la tarifa del tributo pueda ser fijada a nivel nacional hasta que el legislador la defina
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1604/66. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 11Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 12Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 13Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 14Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 15Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 16Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 18Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 19Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 20Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 1604/66INHIBITORIO
Art. 4Decreto 1604/66INHIBITORIO
Art. 6Decreto 1604/66INHIBITORIO
Art. 7Decreto 1604/66INHIBITORIO
Art. 8Decreto 1604/66INHIBITORIO
Art. 9Decreto 1604/66EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 48/68EXEQUIBLE
Art. 45Ley 383/97EXEQUIBLE
19 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-155 de 2003 en relacion con el inciso final del articulo 2deg, las expresiones "nacional", "el establecimiento" y "que ejecute las obras" contenidas en el primer inciso del mismo articulo y el articulo 5deg del Decreto Extraordinario 1604 de 1966.
  2. Segundo. INHIBIRSE para pronunciarse de fondo acerca de la constitucionalidad de los articulos 3deg, 4deg, 6deg, 7deg y 8deg del Decreto Extraordinario 1604 de 1966 (incorporado a la legislacion permanente por la Ley 48 de 1968), y de los articulos 32, 33, 34, 35 y 36 del Decreto Extraordinario 3160 de 1968.
  3. Tercero. Salvo lo establecido en los anteriores numerales, declarar EXEQUIBLES los articulos 1deg, 2deg, 9deg, 11deg, 12deg, 13deg, 14deg, 15deg, 16deg, 18deg, 19deg y 20deg del Decreto Extraordinario 1604 de 1966, convertido en legislacion permanente por la Ley 48 de 1968, y el articulo 45 de la Ley 383 de 1997, en relacion con los cargos formulados en la demanda y analizados en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible5
SalvamentoJosé Gregorio Hernández GalindoSalvamentoJorge Arango MejíaSalvamentoAntonio Barrera CarbonellSalvamentoVladimiro Naranjo MesaSalvamentoAlvaro Tafur Galvis
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.