º El Consejo Nacional de Valorización está integrado por cinco miembros, así; El Ministro de Obras Públicas o un delegado suyo; El Ministro de Hacienda y Crédito Público o un delegado suyo; El Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y Dos Consejeros de tiempo completo. Los dos Consejeros de tiempo completo serán nombrados por el Presidente de la República, de temas presentadas por el Ministro de Obras Públicas. Durarán dos años en el ejercicio de sus cargos, a partir de la fecha de su nombramiento, y podrán ser removidos antes del vencimiento de su período, por incumplimiento de sus funciones, mediante declaratoria en tal sentido de los tres restantes miembros del Consejo. Los Ministros de Obras Públicas y de Hacienda y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación, cuando no pudieren asistir a las reuniones, designarán como delegados suyos y en condición de suplentes, a funcionarios de sus respectivas dependencias. El Consejo será presidido por el Ministro de Obras Públicas o por su delegado, en su ausencia. Será Secretario del Consejo Nacional de Valorización el Secretario de la Dirección Nacional de Valorización. Para sesionar el Consejo requiere la asistencia de la mayoría de sus miembros, y sus decisiones ;:e tomarán con e! voto favorable de tres de sus miembros, al menos.
Decreto 1604 de 1966 →Vigente
Artículo 4
El Consejo Nacional De Valorización Está Integrado Por Cinco Miembros, Así; El Ministro De Obras Públicas O Un Delegado Suyo; El Ministro De Hacienda Y Crédito Público O Un Delegado Suyo; El Jefe Del Departamento Administrativo De Planeación Y Dos Consejeros De Tiempo Completo
Decreto 1604 de 1966 · Por el cual se dictan normas sobre valorización
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia