Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de octubre de 2000Sala Plena

C-1371 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Luis Carlos Sachica Aponte

Tema · dato duro
Ley 505 De 1999. Art. 11 (P.). Fija Terminos Y Competencias Para La Realizacion Adopcion Y Aplicacion De La Estratificacion A Que Se Refieren Las Leyes 142 Y 177 De 1994 188 De 1995 Y 383 De 1997 Y Los Decretos Presidenciales 1538 Y 2034 De 1996. Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios. Exequibles Algunos Apartes E Inhibida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Estratificacion En Servicios Publicos Domiciliarios
  • Características
  • Elaboración del régimen
Principio De Legalidad Del Tributo
  • Fijación clara e inequívoca de elementos
  • Elementos
Orden Economico Y Social Justo
  • Solidaridad y redistribución de ingresos en tarifas
Servicios Publicos Domiciliarios
  • Principios en elaboración del régimen tarifario
  • Finalidad
  • Solidaridad y redistribución de ingresos en tarifas
Tarifa
  • Sistema y método
Tasa
  • Alcance
  • Características
  • Elementos
Tributo
  • Elementos
Costo Y Tarifa
  • Regulación no detallada y rígida
Servicios Públicos
  • Naturaleza y finalidad
Tarifa De Tasas Y Contribuciones
  • Delegación de fijación
16 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 505/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 11Ley 505/99EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar EXEQUIBLES los siguientes apartes del articulo 11 de la Ley 505 de 1999: "Para esto contaran con el concurso economico de las empresas de servicios publicos domiciliarios en su localidad, quienes aportaran en partes iguales a cada servicio que se preste, descontando una parte correspondiente a la localidad; tratandose de varias empresas prestadoras de un mismo servicio, el monto correspondiente al servicio se repartira proporcionalmente entre el numero de empresas que lo presten."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.