C-278 de 2019
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Cesar Camilo Cermeño Cristancho·Demandado Ley 1819 De 2016 Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Noción
- Vertical y horizontal
- Ausencia de carga mínima de argumentación
- Ineptitud sustantiva de la demanda
- Pilar del Estado democrático
- Finalidad
- Obligación del legislador de definir claramente los elementos del tributo
- Límite de la potestad de configuración normativa del legislador
- Jurisprudencia constitucional
- Dimensión horizontal y vertical
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Se deriva del principio de legalidad tributaria
- Incorpora la equidad y progresividad
- Alcances
- Definición
- Características
- Clases
- Naturaleza jurídica
- Concepto
- Requisitos mínimos
- Competencia de la Corte Constitucional
- Carga mínima de argumentación
- Fundamento y finalidad
- Características
- Definición
- Jurisprudencia constitucional
- Elementos
- Reglas
- Funciones reconocidas por la jurisprudencia
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 371 de la Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal y se dictan otras disposiciones, y contra el artículo 76 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.
Los demandantes formularon tres cargos.
Uno, fundado en la violación del artículo 338 de la Constitución.
Los otros dos, instituidos sobre la vulneración de los artículos 13, 363 y 95-9 ibídem.
La Corte declaró EXEQUIBLE el artículo 371 de la Ley 1819 de 2016, excepto la expresión “fijar” contenida en sus parágrafos 2º y 3º, la cual declaró INEXEQUIBLE.
Así mismo, decidió INHIBIRSE e emitir pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del artículo 76 de la Ley 1151 de 2007, por carencia actual de objeto.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1151/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 371 de la Ley 1819 de 2016, excepto la expresion "fijar" contenida en el paragrafo 2o y el paragrafo 3o del articulo 371 de la Ley 1819 de 2016, que se declaran INEXEQUIBLES.
- Segundo. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo, sobre la constitucionalidad del articulo 76 de la Ley 1151 de 2007 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010", por carencia actual de objeto.
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Presidenta
- CARLOS BERNAL PULIDO
- Magistrado
- Con salvamento de voto
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- Ausente en comision
- ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RIOS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.