C-144 de 1993
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Luis G. Nieto Roa Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza
- Tarifa
- Tarifa
- Noción
- Método
- Tarifa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 119 y 124 de la Ley 6ª de 1992, “por la cual se expiden normas en materia tributaria, se otorgan facultades para emitir título de deuda pública interna, se dispone un ajuste de pensiones del sector público nacional y se dictan otras disposiciones".
El actor señaló que las normas acusadas transgreden el inciso segundo del artículo 338 de la Constitución Política.
Frente a la fijación de las tasas para los procedimientos de propiedad industrial, la Corte señaló que no se evidencia que el legislador hubiere abandonado la determinación del sistema y método para calcular el costo del servicio en manos de la autoridad encargada de señalar la tarifa de la tasa, en cuanto se definió un sistema proporcional para ello.
Ahora, frente a la fijación relativa al registro mercantil, la Sala reiteró que la prestación de un servicio o función desempeñada por un particular no impide que el Legislador sujete dicha actividad o servicio a un sistema tributario de tasa, máxime si éste resulta ser el único adecuado e idóneo para ese propósito.
Por lo anterior, declaró exequible los artículos 119 y 124 de la Ley 6ª de 1992.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 6/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E :
- Declarar exequibles los articulos 119 y 124 de la Ley 6a de 1992.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.