Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de marzo de 2008Sala Plena

C-259 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Andres De Zubiria Samper

Tema · dato duro
Sistemas Automatizados De Informacion. Justificación De Un Marco Normativo Para Su Incorporación En Las Instancias De Actuación Del Estado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Camara De Comercio
  • Actividad sometida a principios de la función administrativa y de la contratación pública
  • Adscripción de la función de administrar el registro único de proponentes
  • Tarifas para la inscripción
  • Naturaleza jurídica
Codigo Y Compilacion De Normas
  • Diferenciación
  • Distinción
Cosa Juzgada Constitucional
  • Carácter material en sentido estricto
  • Aspectos a considerar para verificar su aplicación
  • Carácter material en sentido amplio
  • Configuración
Delegacion De Funciones Administrativas
  • Carácter permanente
  • Condición de temporalidad no es absoluta
  • por atribución directa de la ley
  • Por autorización a titulares de la función
  • Por constitución de órganos de carácter mixto
Delegacion De Funciones
  • No exime de responsabilidad al delegante
Descentralizacion Por Colaboracion
  • Cumplimiento de funciones públicas por particulares
Desconcentracion Del Proceso Precontractual
  • Actividades que comprende
  • Implica traslado de funciones a otro
  • No implica delegación de funciones ni exime de responsabilidad al jefe o representante de la entidad
  • Funcionarios en quienes pueden recaer actividades
Desconcentracion
  • Propósito
  • Características principales
  • Concepto
Principio De Reserva De Ley
  • Alcance
  • Vulneración por norma que autoriza al gobierno para efectuar compilación sin considerar exclusiones
Potestad Reglamentaria Del Gobierno
  • Establecimiento de contenidos de mecanismos e instrumentos de Implementación del sistema
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de especificidad y suficiencia
Compilacion De Normas
  • Facultades excluidas en ley habilitante
  • Improcedencia a través de decretos ejecutivos
  • Improcedencia de la habilitación al gobierno para variar numeración de articulado
Clausula General De Competencia Legislativa
  • Creación del sistema electrónico de contratación pública
Desconcentracion De Actividades Del Proceso Precontractual
  • Improcedencia de recursos en vía gubernativa
  • Improcedencia del recurso de apelación
Principio De Publicidad De La Funcion Administrativa
  • Efectos de su aplicación en sistemas electrónicos de información sobre actividad de las autoridades
Reserva De Ley
  • Establecimiento de contenidos de mecanismos e instrumentos de Implementación del sistema
Sistemas Automatizados De Informacion
  • Justificación de un marco normativo para su incorporación en las instancias de actuación del estado
Sistema Electronico De Contratacion Publica
  • Justificación de la determinación de los mecanismos e instrumentos por el gobierno
Sistema General De Seguridad Social En Salud
  • Procedimiento y términos para el pago de los servicios a los prestadores de servicios de salud
23 temas · 45 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1150 de 2007 articulos 3, 6 y 21 (parciales), y 16 y 30.

Se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratacion con recursos publicos.<br>la contratacion publica electronica.

Verificacion de las condiciones de los proponentes.

Improcedencia del recurso de apelacion contra la decision de las camaras de comercio asociada a la reposicion de calificacion y clasificacion en el registro unico de proponentes (rup).

Fijacion de tarifas por concepto de inscripcion, renovacion, modificacion y actualizacion del rup, al igual que por certificaciones que se expidan por las camaras de comercio.

Entidades exceptuadas en el sector defensa respecto de la sujecion al regimen de contratacion de la administracion publica.

Delegacion y desconcentracion para contratar facultad del gobierno para realizar la compilacion normativa del estatuto general de contratacion de la administracion publica.<br>a juicio del actor, los articulos acusados contravienen los articulos 1, 123, 150, 189 num 25 y 209 de la constitucion politica.<br>solicitudes de inhibicion por demanda inepta y de declaratoria de cosa juzgada material.

La determinacion especifica de los mecanismos propios del sistema de contratacion publica electronica puede ser establecida por el gobierno nacional, dentro del marco de regulacion fijado por el legislador.

La adscripcion a las camaras de comercio de la funcion de administrar el registro unico de proponentes es una expresion constitucionalmente legitima de la delegacion de funciones publicas a particulares.

Las actividades del proceso precontractual, objeto de desconcentracion, pueden estar desprovistas de recursos, en tanto el jefe de la entidad conserva la responsabilidad administrativa sobre las mismas.

La delegacion al gobierno nacional para que compile el estatuto general de la contratacion de la administracion publica transfiere facultades inherentes a la actividad legislativa.<br>esta corporacion destaca que la delegacion que hace el congreso para efectuar compilacion de normas a traves de simples decretos ejecutivos es inconstitucional.

Ello, por una parte, en relacion con los problemas que tales decretos presentan en relacion con la competencia material para su control constitucional, lo cual genera inseguridad juridica ante la potencial indefinicion sobre la autoridad judicial a cargo de dicho control; Y, de otra parte, la posicion que tienen los decretos ejecutivos en el ordenamiento, ya que en materia de compilacion, generalmente desbordan las facultades que el ejecutivo puede ejercer al dictar un acto administrativo de jerarquia inferior a las normas compiladas que no puede eliminar normas con rango de ley, ni suplir vacios, ni cambiar su ubicación mediante una renumeracion que las saque de su contexto original.<br>exequible la expresion "los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades cumpliran con las obligaciones de publicidad del proceso contractual seran señalados por el gobierno nacional", contenida en el articulo 3º de la ley 1150 de 2007.<br>exequible el inciso primero del articulo 6º de la ley 1150 de 2007.<br>exequible la expresion "en consecuencia, contra las actividades cumplidas en vistud de la desconcentracion administrativa no procedera ningun recurso", contenida en el articulo 21 de la ley 1150 de 2007.<br>inexequible el articulo 30 de la ley 1150 de 2007.<br>estarse a lo resuelto en sentencia c-166 de 1995 y en consecuencia declarar exequible el incisio segundo del numeral 6.3 del articulo 6º de la ley 1150 de 2007.<br>inhibirse de emitir pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del paragrafo 3º del articulo 6º, y del articulo 16 de la ley 1150 de 2007.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1150/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 16Ley 1150/07 «respecto de la constitucionalidad del artículo 16»INHIBITORIO
Art. 16Ley 1150/07INHIBITORIO
Art. 21Ley 1150/07 «En consecuencia, contra las actividades cumplidas en virtud de la desconcentración administrativa no procederá ningún recurso.” contenida en el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007.»EXEQUIBLE
Art. 21Ley 1150/07 «En consecuencia, contra las actividades cumplidas en virtud de la desconcentracion administrativa no procedera ningun recurso.»EXEQUIBLE
Art. 3Ley 1150/07 «“Los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades cumplirán con las obligaciones de publicidad del proceso contractual serán señalados por el Gobierno Nacional” , contenida en el artículo 3º»EXEQUIBLE
Art. 30Ley 1150/07INEXEQUIBLE
Art. 30Ley 1150/07INEXEQUIBLE
Art. 3oLey 1150/07 «Los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades cumpliran con las obligaciones de publicidad del proceso contractual seran senalados por el Gobierno Nacional»EXEQUIBLE
Art. 6Ley 1150/07 «el inciso primero»EXEQUIBLE
Art. 6oLey 1150/07EXEQUIBLE
Art. 6oLey 1150/07INHIBITORIO
Art. 6oLey 1150/07EXEQUIBLE
12 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades cumpliran con las obligaciones de publicidad del proceso contractual seran senalados por el Gobierno Nacional", contenida en el articulo 3o de la Ley 1150 de 2007.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  3. primero. del articulo 6o de la Ley 1150 de 2007.
  4. TERCERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "En consecuencia, contra las actividades cumplidas en virtud de la desconcentracion administrativa no procedera ningun recurso." contenida en el articulo 21 de la Ley 1150 de 2007.
  5. CUARTO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 30 de la Ley 1150 de 2007.
  6. QUINTO. ESTARSE EN LO RESUELTO en la sentencia C-166 de 1995 y, en consecuencia, declarar EXEQUIBLE el inciso
  7. segundo. del numeral 6.3. del articulo 6o de la Ley 1150 de 2007.
  8. SEXTO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del paragrafo 3o del articulo 6o de la Ley 1150 de 2007.
  9. SEPTIMO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del articulo 16 de la Ley 1150 de 2007.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible5
SalvamentoManuel José Cepeda EspinosaSalvamentoAlvaro Tafur GalvisSalvamentoEduardo Montealegre LynettSalvamentoRodrigo Escobar GilAclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.