Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de julio de 2007Sala Plena

C-504 de 2007

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Hilian Edilson Ovalle Celis

Tema · dato duro
Falta Disciplinaria Gravisima. Declarar La Caducidad Del Contrato Estatal O Darlo Por Terminado Sin Que Se Presenten Las Causales Previstas Por La Ley
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Disciplinario
  • Carácter autónomo e independiente
Pacto Internacional De Derechos Civiles Y Politicos
  • Hace parte del bloque de constitucionalidad stricto sensu
Declaracion Universal De Derechos Humanos
  • Hace parte del bloque de constitucionalidad stricto sensu
Falta Disciplinaria Gravisima
  • Declarar la caducidad del contrato estatal o darlo por terminado sin que se presenten las causales previstas por la ley
Principio Del Juez Natural En Materia Disciplinaria
  • No vulneración por norma que determina como falta disciplinaria haber declarado la caducidad de contrato estatal o la terminación sin que se presenten las causales previstas por la ley
Convencion Americana Sobre Derechos Humanos
  • Hace parte del bloque de constitucionalidad stricto sensu
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 734 de 2002 articulo 48 numeral 32.

Se expide el codigo disciplinario unico.

Faltas gravisimas.

Declarar la caducidad de un contrato o darlo por terminado sin que se presenten las causales previstas en la ley para ello.para el demandante la norma acusada vulnera los articulos 29 116 y 238 de la constitucion.el derecho disciplinario como regimen autonomo y el principio del juez natural.

Exequibilidad del numeral acusado por el cargo formulado.exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 48Ley 734/02 «numeral 32»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo examinado, el numeral 32 del articulo 48 de la Ley 734 de 2002, "Por la cual se expide el Codigo Disciplinario Unico".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.