C-499 de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Flavio Efren Granados Mora·Demandado Ley 1474 De 2011, Articulo 86 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad conferida a las entidades públicas, para cuantificar los perjuicios que se derivan del incumplimiento del contratista
- Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento
- No desconoce el derecho de igualdad, ni el debido proceso, ni el principio de buena fe, así como tampoco, la prevalencia del der
- Reiteración de Jurisprudencia
- Aplicación del principio pro actione
- Triple papel en el ordenamiento constitucional
- Cargo por supuesta mala fe del legislador
- Contenido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra una expresión del artículo 86 de la ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer mecanismos de prevención, investigación y sanción de los actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
El demandante solicita la declaratoria de inexequibilidad de la expresión “cuantificando los perjuicios del mismo”, por considerar que vulnera el preámbulo y los artículos 13, 29, 83 y 228 de la Constitución.
La Corte determinó que conferir, en el contexto de los contratos estatales, facultad a las entidades públicas para que, en caso de declarar el incumplimiento del contrato por parte del contratista, cuantifiquen los perjuicios que de él se deriven, tiene justificación constitucional.
Esa cuantificación se efectúa en el marco de un procedimiento administrativo reglado, con fundamento en las pruebas que se practican y prevé la audiencia y participación del contratista, lo que garantiza el derecho a la igualdad, el debido proceso y respeta el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre las formalidades.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1474/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos examinados, la expresión: "cuantificando los perjuicios del mismo,", contenida en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.