C-456 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Jorge Eduardo Chemas Y Otro·Demandado Ley 1453 De 2011, Articulo 39 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para pronunciarse por ineptitud de la demanda
- Requisitos
- Carga mínima de argumentación
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 39 (parcial) de la Ley 1453 de 2011, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.
El artículo en el que se encuentra el texto acusado hace referencia a la invasión en áreas de especial importancia ecológica.
El aparte demandado es el siguiente: “… permanezca así sea de manera temporal o realice uso indebido de los recursos naturales a los que se refiere este título en área de reserva forestal…” .
La Corte constató la ausencia de pertinencia, certeza y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad esgrimidos contra las expresiones demandadas, por lo que consideró que no resultaba procedente un pronunciamiento de fondo al respecto y, en tal sentido, se declaró INHIBIDA.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1453/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para decidir en relación con la demanda instaurada por los ciudadanos Jorge Eduardo Chemas Jaramillo y otro contra el artículo 39 (parcial) de la Ley 1453 de 2011, "Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.