Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de mayo de 2009Sala Plena

C-314 de 2009

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jorge Mario Gonzalez Rodriguez

Tema · dato duro
Cooperativas Multiactivas E Integrales Con Seccion De Ahorro Y Credito. Sometidas A Inspección Y Vigilancia De La Superintendencia De Economía Solidariaw
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Omision Legislativa Relativa
  • Soluciones que proceden
  • Elementos esenciales que deben concurrir para su procedencia
  • Eventos en que puede plantearse
Cooperativas Financieras Y Cooperativas Multiactivas E Integrales Con Seccion De Ahorro Y Credito
  • Diferencia de circunstancias fácticas justifica diferente trato normativo
  • Diferencias
Cooperativas Financieras
  • Sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera
Actividad Financiera
  • Ejercicio previa autorización del Estado
  • Preservación de la confianza del público
  • Deberes del estado frente a las instituciones que la desarrollan
  • Naturaleza
  • Reparto de competencias
  • Sujeción especial a la intervención del Estado
  • Regulación
Defensor Del Cliente En Las Entidades Vigiladas Por La Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera)
  • Exigencia contribuye a fortalecer la confianza del público en las instituciones financieras
Omisión Legislativa Relativa
  • Inexistencia en norma que exige contar con defensor del cliente en entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera de Colombia)
  • Incumplimiento de elementos que la configuran
  • Significado y alcance
Cooperativas
  • Clasificación según prestación de servicios financieros
  • Surgen de una iniciativa colectiva y constituyen una forma solidaria de propiedad
  • Clases
Cooperativas Multiactivas E Integrales Con Seccion De Ahorro Y Credito
  • Sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia de Economía Solidaria
Omision Legislativa Absoluta
  • Significado y alcance
16 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 795 de 2003 “por la cual se ajustan algunas normas del estatuto organico del sistema financiero y se dictan otras disposiciones”, articulo 24 (parcial) <br>en suma, el actor presento dos cargos: El primero, en relacion con una supuesta omision legislativa debido a que la norma en comento no hizo extensiva la implementacion de la figura del defensor del cliente a otras entidades ademas de las vigiladas por la superintendencia financiara; El otro, por una aparente violacion del principio de igualdad, por las anteriores razones. <br>la corte reafirmo que para la configuracion de la denominada omision legislativa relativa, susceptible de revision constitucional, deben tener lugar los siguientes supuestos: I) que exista una norma frente a la cual se proponga el cargo; Ii) que esta excluya consecuencias juridicas que, por ser asimilables, debian aparecer en el texto normativo; Iii) que tal pretermision no obedezca a un principio de razon suficiente; Iv) que ello genere para los casos excluidos una desigualdad negativa frente a los cobijados por la norma; Y (v) que ello sea el resultado del incumplimiento de un deber especifico impuesto por el constituyente al legislador. <br>con base en esto, la sala plena estimo cumplidos unicamente los dos primeros requisitos, toda vez que no existe norma constitucional de la cual se derive la obligacion de implementar la figura del defensor del cliente.

Aunese a ello el hecho de que, de acuerdo con la naturaleza del sistema financiero, de la figura misma del defensor de familia y de las condiciones bajo las cuales las cooperativas pueden prestar servicios financieros, este asunto recae dentro del campo de libertad de configuracion normativa. <br>exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 663/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 98Decreto 663/93EXEQUIBLE
Art. 24Ley 795/03EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. DECLARAR EXEQUIBLES frente al cargo analizado las expresiones "Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria", "las instituciones vigiladas por la Superintendencia Bancaria", "las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria", "Superintendencia Bancaria" y "Superintendencia Bancaria", contenidas en el articulo 24 de la Ley 795 de 2003, "Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Organico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones", norma que modifico el numeral 4deg del articulo 98 del Estatuto Organico del Sistema Financiero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.