C-186 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Mauricio Pava Lugo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por confrontación con artículo específico de la Constitución
- Actuación de la Fiscalía General de la Nación bajo la vigilancia del juez de control de garantías
- Características
- Inoponibilidad de reserva para acceso de la defensa a material en poder de particulares o entidades públicas o privadas
- Inoponibilidad de reserva para acceso de la defensa a material en poder de particulares o entidades públicas o privadas no admite condicionamiento alguno
- Justificación del equilibrio e igualdad de oportunidades de las partes
- Limitaciones y restricciones de derechos fundamentales por la Fiscalía sujetas a control de juez de control de garantías
- Objetivo
- Facultades de la defensa relativas al recaudo de material probatorio son decisivas para la efectividad del derecho de defensa y la igualdad de armas dentro del proceso
- Fiscalía es la entidad competente para asegurar elementos materiales probatorios
- A la Fiscalía le corresponde garantizar la cadena de custodia mientras se ejerce la contradicción
- Deberes y atribuciones de la defensa
- Disposición sobre inoponibilidad de reserva para acceso de la defensa a material probatorio y evidencia física garantiza la igualdad de armas dentro del proceso penal
- Equilibrio e igualdad de oportunidades de las partes
- Fiscalía no se encuentra en plano de igualdad con la defensa
- Fortalecimiento de la capacidad investigativa de la defensa
- Inoponibilidad de reserva a la defensa podría conllevar a restricción de derechos fundamentales de terceros
- Investigación de la defensa que pueda afectar garantías constitucionales de terceros, requiere previa autorización judicial
- Principio de igualdad de armas o igualdad de posiciones
- Consolidación
- Aplicación
- Constitucionalidad condicionada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1142 de 2007 articulo 47 numeral 9º (parcial).
Se reforman parcialmente las leyes 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la prevencion y represion de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana.
El articulo 125 de la ley 906 de 2004, codigo de procedimiento penal quedara asi.
Deberes y atribuciones especiales de la defensa.
Buscar, identificar empiricamente, recoger y embalar elementos materiales probatorios y evidencia fisica; Realizar entrevistas y valoraciones que requieran conocimientos especializados por medio de los tecnicos e investigadores autorizados por la ley.
Para tales efectos las entidades publicas y privadas, ademas de los particulares, prestaran la colaboracion que requieran, sin que puedan oponer reserva, siempre que se acredite por parte del defensor certificado por la fiscalia general de la nacion, que la informacion sera utilizada para efectos judiciales.<br>en concepto del demandante, la expresion acusada transgrede los articulos 2, 15 y 250 num 3 de la carta politica, ya que desconoce la intimidad y la inviolabilidad del secreto profesional, bancario y fiscal, y sustrae a la defensa del deber que asiste a las partes en el sistema penal acusatorio de obtener autorizacion judicial para la afectacion de derechos fundamentales.<br>el derecho a la intimidad personal.
Aspectos generales del nuevo sistema penal acusatorio.
Limites constitucionales a la actividad investigativa de las partes en el proceso penal.<br>la prohibicion de oponer reserva, para esta corte, esta formulada en terminos tan amplios, que en la practica puede acarrear que entidades publicas o privadas y los particulares se vean obligados a revelar al defensor toda clase de informacion, incluyendo aquella que esta protegida constitucionalmente por hallarse relacionada con el derecho a la intimidad personal o familiar, el ejercicio de las profesiones o referirse a documentos publicos cuyo acceso ha sido restringido por mandato legal.
Asi las cosas, resulta desproporcionada la inoponibilidad de reserva que consagra el segmento acusado, puesto que aunque ella persiga la consecucion de fines constitucionales legitimos, tales objetivos se alcanzarian a costa de vulnerar valores superiores tan o mas significativos que, como se ha visto, en los casos consagrados en la carta, solo pueden ser afectados o restringidos si media orden dictada por la autoridad judicial competente.<br>exequible, por el cargo atinente al quebrantamiento del articulo 15 de la carta politica, la expresion "sin que puedan oponer reserva" del numeral 9º del articulo 47 de la ley 1142 de 2007, en el entendido que las entidades publicas y privadas asi como los particulares, no pueden oponer reserva al defensor que ha obtenido la autorizacion del juez de control de garantias, el cual ponderara si se justifica la afectacion de derechos fundamentales.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo atinente al quebrantamiento del articulo 15 de la Constitucion Politica, la expresion "sin que puedan oponer reserva" del numeral 9deg del articulo 47 de la Ley 1142 de 2007, en el entendido que las entidades publicas y privadas asi como los particulares, no pueden oponer reserva al defensor que ha obtenido la autorizacion del juez de control de garantias, el cual ponderara si se justifica la afectacion de derechos fundamentales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.