C-122 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Adriana Parra Hernandez·Demandado Ley 5 De 1992, Articulo 40
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Lo puede realizar cualquier juez, autoridad administrativa o un particular cuando tenga que aplicar una norma jurídica en un caso concreto
- Calificado por la doctrina como un sistema mixto
- No vinculatoriedad de las excepciones de inconstitucionalidad
- Interpretación histórica del artículo 112 de la Constitución Política
- Requiere de una ley estatutaria que lo regule de manera completa
- Su labor debe estar regida por los principios de objetividad e imparcialidad y neutralidad
- Conformación
- Finalidades
- Principio de neutralidad
- Sistema de frenos y contrapesos que ha de regir las actuaciones del Estado
- Finalidad
- Modificaciones del artículo 112 de la Constitución Política
- Participación a las minorías de oposición y a otras minorías, según su representación
- Procedencia de acción de tutela en caso que se desatiendan principios constitucionales y legales aplicables
- Su adecuado ejercicio y defensa son requisito de la legitimidad democrática de las decisiones adoptadas por la mayoría política
- No elimina la posibilidad que tiene la Corte Constitucional de realizar el control de determinado precepto
- Distinción de poderes
- Incumplimiento de requisitos de certeza y suficiencia en los cargos
- Permite y surge de la deliberación política, no es de la ausencia de política
- Interpretación debe hacerse de manera expresa en la parte resolutiva
- Alcance y ámbito de aplicación
- Regulación mediante ley orgánica
- Es diferente al poder de las Comisiones del Congreso
- Fundamento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 5 de 1992.
Por la cual se expide el reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes.
Demanda de Inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 40.
El parágrafo demandado reza: En tratándose de Comisiones Constitucionales Permanentes y Comisiones Legales habrá un Presidente y un Vicepresidente, elegido por mayoría cada uno separadamente y sin que pertenezcan a mismo partido o movimiento político.
Según la demandante, la norma acusada va en contra del artículo 112 de la C.P., que le otorga una serie de garantías y derechos a los partidos y movimientos minoritarios que no hacen parte del Gobierno como coalición, con el fin de permitir su participación y fortalecimiento.
La Corte encontró que las excepciones de inconstitucionalidad proferidas en casos concretos por otras autoridades u órganos no vinculaban a esta Corporación en los pronunciamientos que le corresponda adoptar en desarrollo del control de constitucionalidad y consideró que la participación de las minorías en las mesas directivas de las comisiones constitucionales permanentes y legales del Congreso no tiene reserva de ley estatutaria y por ser materia propia del ejercicio de la actividad legislativa debe ser regulada por ley orgánica.
Se declara EXEQUIBLE
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 5/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE por los cargos aducidos en la demanda el parágrafo del artículo 40 de la Ley 5 de 1992 que establece que "En tratándose de Comisiones Constitucionales Permanentes y Comisiones Legales habrá un Presidente y un Vicepresidente, elegido por mayoría cada uno separadamente y sin que pertenezcan al mismo partido o movimientos político"
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.