Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de febrero de 2006Sala Plena

C-121 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Juan Carlos Becerra Hermida

Tema · dato duro
Impuesto De Industria Y Comercio. Remisión A Ley Comercial Para Definir Las Actividades Comerciales Gravadas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia De Entidades Territoriales
  • Manifestación como poder de autogobiernos y autoadministración
  • Alcance
Doble Tributacion
  • Alcance de la prohibición
Impuesto De Industria Y Comercio
  • Carácter municipal
  • Factor territorial como determinante del sujeto activo
  • Necesidad de expedición de normas legales para evitar doble tributación
  • Remisión a ley comercial para definir las actividades comerciales gravadas
Igualdad En Tributo De Entidades Territoriales
  • Debe entenderse dentro de cada jurisdicción y no en plano nacional
Metodos Y Sistemas De Tasas Y Contribuciones
  • Debe ser fijado por la Ley, ordenanzas o acuerdos
Principio De Certeza Del Tributo En Impuesto De Industria Y Comercio
  • Determinación del sujeto activo
  • Determinación del hecho gravado
Principio De Certeza Y Legalidad Del Tributo
  • No violación a pesar de que uno de los elementos del tributo no esté determinado en la ley pero si sea determinable
Principio Unitario Del Estado E Impuesto De Industria Y Comercio
  • Norma que señala de manera general hecho gravado y municipio al que corresponde percibir el tributo
Tributo Territorial
  • Establecimiento requiere de ley orgánica
  • Límites del legislador
Autonomia Impositiva De Los Municipios
  • Competencia para determinar elementos de obligación tributaria
  • Límites
Autonomia Tributaria De Entidades Territoriales E Impuesto De Industria Y Comercio
  • Norma que señala de manera general hecho gravado y municipio al que corresponde percibir tributo
Consejo De Estado
  • Pronunciamientos relacionados con la doble tributación en impuesto de industria y comercio
Principio De Certeza Del Tributo
  • Concepto
  • No se opone al carácter general de las normas tributarias
Tarifa De Tasas Y Contribuciones
  • Fijación excepcional por autoridades distintas a los órganos de representación popular
22 temas · 30 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 14 de 1983 articulos 32 y 35 (parciales) compilados como articulos 195 y 198 del decreto 1333 de 1986.

Se expide el codigo de regimen municipal.

Impuesto de industria y comercio.

Actividad comercial.

Para el demandante los apartes destacados de las normas que acusa infringen los principios constitucionales de certeza de la obligacion tributaria y unidad nacional e indirectamente el principio de justicia a que se refieren los articulos 1 95 numeral 9o y 338 inciso 1o de la carta.

Los principios de legalidad y de certeza tributaria.

Los principios de unidad del estado y de autonomia de las entidades territoriales en materia tributaria.

Examen de constitucionalidad del articulo 32 de la ley 14 de 1983 compilado por el articulo 195 del decreto 1333 de 1986.

El impusto de industria y comercio es un impuesto de caracter municipal y el sujeto activo del tributo es el municipio donde se ejerzan o realicen las actividades comerciales o industriales.

Los problemas interpretativos que denuncia la demanda no provienen de lo que la norma prescribe sino mas bien de la forma en que la misma ha sido desarrollada o aplicada.

Examen de constitucionalidad del articulo 35 de la ley 14 de 1983 compilado por el articulo 198 del decreto 1333 de 1986.

La interpretacion literal teleologica e historica de la disposicion conlleva a concluir que lo gravado son las actividades comerciales y no los actos de comercio o las personas que llevan a cabo unas u otros; Que las actividades comerciales gravadas son las que se benefician de la infraestructura y el mercado local municipal; Que por actividades comerciales ha de entenderse las destinadas al expendio compraventa o distribucion de bienes o mercancias tanto al por mayor como al por menor y las demas definidas en el codigo de comercio; Y que no pueden ser consideradas como actividades comerciales las que puedan ser calificadas como industriales o de servicio.

La norma no desconoce los principios de legalidad y certeza del tributo.

Exequibles

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 14/83. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 32Ley 14/83EXEQUIBLE
Art. 33Ley 14/83 «compilado como artículo 195 del decreto 1333 de 1986»EXEQUIBLE
Art. 35Ley 14/83 «compilado como artículo 198 del decreto 1333 de 1986»EXEQUIBLE
Art. 195Decreto 1333/86EXEQUIBLE
Art. 195Decreto 1333/86EXEQUIBLE
Art. 198Decreto 1333/86EXEQUIBLE
Art. 198Decreto 1333/86EXEQUIBLE
7 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "que se ejerzan o realicen en las respectivas Jurisdicciones municipales", contenida en el articulo 33 de la Ley 14 de 1983, compilado como articulo 195 del Decreto 1333 de 1986 (Codigo de Regimen Municipal).
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la expresion "y las demas definidas como tales por el Codigo de Comercio", contenida en el articulo 35 de la Ley 14 de 1983, compilado como articulo 198 del Decreto 1333 de 1986 (Codigo de Regimen Municipal).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoEduardo Montealegre LynettSalvamentoRodrigo Escobar Gil
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.