C-873 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Alfonso Gomez Lugo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cierta capacidad jurídica de autogestión política, administrativa y fiscal
- Habilitación y no obligación para establecer una tasa
- Límites a inclusión por legislador en ley de autorizaciones destinación del recaudo
- Autorización legislativa de emisión no constituye trato diferencial
- Diferenciación respecto de contribuyentes del nivel nacional
- Establecimiento legislativo de destinación del recurso recaudado
- No autorización legislativa de sustitución por otro sistema, método o medio de recaudo
- Parámetros de emisión
- Publicación oficial
- Tratamiento fiscal
- Competencia para la imposición
- Origen representativo
- Inconstitucionalidad de creación con ausencia de ley orgánica y elementos mínimos
- Leyes que autorizan creación no vulneran per se equidad tributaria
- Autorización legislativa de emisión no debe contener todos los elementos
- Establecimiento requiere de ley orgánica
- Fijación por asambleas y concejos dentro del marco legal de elementos constitutivos
- Recursos, necesidades e intereses heterogéneos
- Emisión de estampillas
- No competencia exclusiva en determinación de destinación del recaudo
- No delimitación por legislador de cada uno de elementos del tributo
- No es absoluta
- Recursos, necesidades e intereses son distintos entre sí
- No es autónoma sino subordinada a la ley
- Alcance en disposición discriminatoria
- Grado de injerencia del legislador en administración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 026 de 1990 ley 085 de 1993 ley 093 de 1993 ley 122 de 1994 ley 289 de 1996 ley 334 de 1996 ley 348 de 1997 ley 367 de 1997 ley 382 de 1997 ley 426 de 1998 ley 400 de 1998 ley 538 de 1999 ley 542 de 1999 ley 561 de 2000 ley 634 de 2000 ley 645 de 2001
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 26/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-538 de 2002, en lo relacionado con las Leyes 662; 663; 654; 656; 664; 666; y, 669, todas del ano 2001.
- Segundo. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-227 de 2002, respecto de la Ley 645 de 2001.
- Tercero. Estarse a lo resuelto en las sentencias C-089 de 2001 y 538 de 2002, en relacion con la Ley 648 de 2001.
- Cuarto. Declarar exequibles por los cargos analizados, las Leyes 26 de 1990; 085 de 1993; 093 de 1993; 289 de 1996; 348 de 1997; 367 de 1997; 542 de 1999; 634 de 2000; y, 666 de 2001, en su integridad.
- Quinto. Declarar exequible por los cargos analizados, la Ley 122 de 1994 en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 3o, que se declara inexequible.
- Sexto. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 334 de 1996, en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 3o y la expresion "en sus distintas modalidades", contenida en el articulo 8o que se declaran inexequibles.
- Septimo. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 382 de 1997, en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 3o, que se declara inexequible.
- Octavo. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 426 de 1998, en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 4o, que se declara inexequible.
- Noveno. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 440 de 1998, en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 3o, que se declara inexequible.
- Decimo. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 538 de 1999, en su integridad, salvo el paragrafo del articulo 3o y la expresion "en sus distintas formas de recaudo", contenida en el articulo 8o, que se declaran inexequibles.
- Undecimo. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 561 de 2000, en su integridad, salvo el paragrafo 1o del articulo 2o, que se declara inexequible.
- Duodecimo. Declarar exequible por los cargos analizados la Ley 665 de 2001, en su integridad, salvo el paragrafo 1o del articulo 3o, que se declara inexequible.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.