C-249 de 2019
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Maria Josefa Teresa Restrepo Brigard·Demandado Decreto Ley 19 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incompetencia del Congreso para otorgarlas motu proprio
- Interpretación restrictiva
- No pueden conferirse para decretar impuestos
- Presidente no excedió competencia otorgada en ley habilitante
- Carácter excepcional y restrictivo
- Postulado desarrollado en la Constitución
- Legitimidad para crear, modificar o suprimir tributos nacionales o territoriales
- Contenido
- Límites a su ejercicio
- Pilar del Estado democrático liberal
- Características
- Reglas
- Potestad para establecer contribuciones fiscales y excepcionalmente parafiscales
- Fundamento constitucional y naturaleza
- Jurisprudencia constitucional
- Alcances y límites
- Concepto
- Exceso en la competencia de regulación en cabeza del ejecutivo
- Condicionamientos impuestos por normas habilitantes e interpretación restrictiva
- Desbordamiento en el ejercicio de las competencias conferidas por la ley habilitante al Presidente de la República
- Objeto democrático esencial
- Corresponde al principio de legalidad en materia tributaria
- Alcance respecto de ley habilitante
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 181 del Decreto Ley 19 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la administración pública.
La demandante adujo que el Presidente de la República excedió las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, al fijar como requisito de la exigibilidad para la participación de la plusvalía, la liquidación e inscripción del efecto de ese tributo en el folio de matrícula inmobiliaria del predio.
Precisó que con ello creó un trámite adicional que escapa a la finalidad de la Ley 1474 de 2011, que consiste en suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública y reguló elementos esenciales de ese gravamen, lo que desconoce el régimen constitucional establecido en el artículo 150-10 para ese tipo de facultades extraordinarias y la autonomía tributaria territorial (artículos 287, 313-4 y 338 de la Constitución).
La Corte concluyó que, condicionar el cobro de la plusvalía a su registro en el folio de matrícula inmobiliaria desarrolla los principios de publicidad, transparencia y eficiencia tributaria.
Precisó así mismo que, el trámite de exigibilidad de la participación en la plusvalía no excede las facultades extraordinarias otorgadas por la ley 1474 de 2011, ni la reserva de ley, como tampoco desconoce la autonomía territorial.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1474/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE parcialmente el articulo 181 del Decreto Ley 19 de 2012, "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y tramites innecesarios existentes en la administracion publica", por los cargos estudiados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.