Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de febrero de 2014Sala Plena

C-082 de 2014

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Gloria Lucia Guevara Nieves·Demandado Ley 1617 De 2013, Articulos 115. 116, 117

Tema · dato duro
Regimen Para Los Distritos Especiales. Entrega Gratuita Al Distrito De Buenaventura De Inmueble Donde Funcionó La Estación De Ferrocarriles Nacionales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Bienes Culturales
  • Naturaleza pública
Bienes De Interes Cultural
  • Sistema especial de prerrogativas y atributos dado su valor histórico y cultural
  • Categorías
  • Privilegios y restricciones que implica su declaración
  • Procedimiento para su declaratoria
Bienes Inmuebles Declarados Como De Interes Cultural En Manos De Particulares
  • Corresponde al legislador establecer mecanismos para su readquisición por parte del Estado
Entrega Gratuita Al Distrito De Buenaventura De Inmueble Donde Funciono La Estacion De Ferrocarriles Nacionales
  • No vulnera el atributo constitucional de inalienabilidad, toda vez que conserva el mismo carácter de bien público
Estacion De Ferrocarriles Nacionales De Buenaventura
  • No es bien público cualquiera en la medida que fue declarado Monumento Nacional
  • Bien público del patrimonio cultural de la Nación inembargable, inalienable e imprescriptible
Patrimonio Cultural De La Nacion
  • Contenido y alcance
  • Declaración de bien conlleva restricciones e imposición de cargas
  • Mandatos constitucionales para su protección
  • Importancia
  • Inalienables, inembargables e imprescriptibles
Bienes Declarados Monumento Nacional
  • No pueden ser transferidos a ningún título en observancia del principio de inalienabilidad
Bienes Inmuebles De Interes Cultural De Naturaleza Publica
  • Corresponde al Estado el deber de mantener su dominio
Demanda De Inconstitucionalidad Por Principio De Consecutividad
  • Requisitos para estructurar cargo por violación
Patrimonio Cultural De La Nacion Y Bienes De Interes Cultural
  • Pueden pertenecer, según el caso, a la Nación, entidades públicas o a personas naturales o jurídicas de derecho privado
Regimen Para Los Distritos Especiales
  • Entrega gratuita al Distrito de Buenaventura de inmueble donde funcionó la estación de Ferrocarriles Nacionales
27 temas · 35 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 115, 116 y 117 de la Ley 1617 de 2013, por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales.

Se plantea en la demanda cargos relacionados con la presunta violación del principio de consecutividad y trasgresión de los artículos 63 y 72 de la Constitución Política.

La Corte concluyó que la entrega gratuita al Distrito de Buenaventura del inmueble donde funcionó la estación de ferrocarriles nacionales, no vulnera el atributo constitucional de inalienabilidad, toda vez que conserva el mismo carácter de bien público.

La Sala Plena declara la EXEQUIBILIDAD del artículo 116 de la Ley 1617 de 2013, por los cargos examinados y decide INHIBIRSE para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los artículos 115, 116 y 117 ibídem, en relación con los cargos por vicios de procedimiento formulados en su contra, por presentarse el fenómeno de la ineptitud sustantiva de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1617/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 115Ley 1617/13INHIBITORIO
Art. 116Ley 1617/13EXEQUIBLE
Art. 117Ley 1617/13INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 116 de la Ley 1617 de 2013, "Por la cual se expide el Regimen para los Distritos Especiales", por los cargos examinados en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. INHIBIRSE para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los articulos115, 116 y 117 de la Ley 1617 de 2013, "Por la cual se expide el Regimen para los Distritos Especiales", en relacion con los cargos por vicios de procedimiento formulados en su contra, por presentarse el fenomeno de la ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.