Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-072/94 en su argumentación. · 37 en total.
Volver a la ficha de C-072/94Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Sustantivo Por Interpretacion Erronea En Proceso Laboral Del Articulo 488 Del Cst.
Derecho A La Indexacion De La Primera Mesada Pensional
Prescripción. El Juez No Puede Declarar De Oficio La Excepción De Prescripción.
Precripcion De La Accion De Levantamiento De Fuero Sindical. Precedente.
Imprescriptibilidad Del Incremento Pensional Del 14% En Relacion Con El Conyuge O Compañero Permanente A Cargo
Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Reglas Jurisprudenciales.
Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Reglas Jurisprudenciales.
Reservas Mineras Estratégicas. Sistema Nacional Pines. Contratos De Concesión Especial Para Explotación Minera. Prórrogas. No Devolución De Predios A Víctimas En Estas Zonas E Indemnización. Servidumbres. Protección Y Delimitacion Paramos.
Establecimiento De Una Prescripcion Especifica En Materia Laboral. No Desconoce Derechos Al Trabajo, Igualdad Y Demás Garantías Constitucionales De Los Trabajadores
Prescripcion De La Accion De Cobro De Cuotas Partes Pensionales. No Vulnera La Constitución
Derechos De No Intervinientes En Accion De Grupo. Inaplicación De Segmento Demandado Por Excepción De Inconstitucionalidad Por El Consejo De Estado
Reclamacion Administrativa En Materia Laboral. Manifestación Del Derecho De Petición
Prescripcion Extraordinaria. No Interrupción Por La Entrada En Vigencia De Nueva Norma
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1097/05 Por Considerarla Violatoria Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso Y Por Que La Sentencia Incurre En Vias De Hecho Por Defecto Organico, Por Error En El Procedimiento Y Por Desconocimiento De La Constitucion. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicacion. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporacion Solo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales. Rechazada