Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de enero de 2017Sala Plena

C-008 de 2017

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Luz Delia Higuabita Rey Y Otro·Demandado Ley 1754 De 2015

Tema · dato duro
Monumento A Cristo Rey. Reconocimiento A La Importancia Religiosa Y Cultural De Este Monumento Ubicado En El Municipio De Belalcázar, Caldas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Criterios para determinar su existencia
  • Elementos
  • Función negativa y positiva
  • Tipos
Cosa Juzgada
  • Reiteración de las reglas jurisprudenciales para verificar su existencia y configuración
  • Implicaciones
Ley Que Reconoce La Importancia Religiosa Y Cultural Del Monumento A Cristo Rey Del Municipio De Belalcazar Departamento De Caldas
  • Cosa juzgada constitucional
  • No viola los principios de laicidad y pluralismo religioso ya que el Estado no está adscrito a un credo particular
  • Reconocimiento financiado con recursos públicos
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Carácter definitivo e incontrovertible
  • Carácter definitivo, de obligatorio cumplimiento y con efectos erga omnes
  • Obligatoriedad responde a la protección del principio de seguridad jurídica y a la guarda de la primacía de la Constitución
Control De Constitucionalidad
  • Sentencias proferidas hacen tránsito a cosa juzgada
Cosa Juzgada Material En Estricto Sentido
  • Se predica de disposiciones que han sido declaradas inexequibles
Cosa Juzgada Material
  • Reglas para verificar su existencia
14 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1754 de 2015, por la cual se reconoce la importancia religiosa y cultural del monumento a Cristo Rey del municipio de Belalcázar, en el departamento de Caldas, y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes alegan que los artículos 1 y 3 (parcial) de la precitada ley vulnera el principio de laicidad del Estado, al igual que los derechos a la igualdad y libertad religiosa, pues implican la identificación estatal con una religión específica mediante la autorización de la financiación de su promoción, protección, conservación, desarrollo y restauración, con recursos públicos.

Lo anterior, porque el monumento no puede tomarse como una manifestación cultural, ya que es el reflejo de una expresión religiosa concreta.

Tras constatar que en el presente caso se configura la cosa juzgada constitucional, la Corte decide ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-570/16.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1754/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 1754/15ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 3Ley 1754/15ESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-570 de 2016.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por35
C-095/24Configuración De Cosa Juzgada Absoluta Por Inexequibilidad De Norma Demandada. Estarse A Lo Resuelto En Sentencia C-506/23.C-094/24Demanda De Inconstitucionalidad Contra Reforma Tributaria. Estarse A Lo Resuelto En Sentencia C-540/23 Que Declaró Inexequible Normas Que Establecen Umbral Y Tarifas Diferentes Para Contribuyentes En El Régimen Simple De Tributacion (Rst). Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De La Demanda Presentada En Contra Del Parágrafo Del Artículo 3 De La Ley.C-019/24Exequibilidad De Normas Sobre Modificación Introducida En La Reforma Tributaria A Los Delitos Fiscales; Determinación Del Ingreso Base De Cotización Para Los Independientes; Y Reducción Transitoria De Sanciones Propuestas O Determinadas Por La Ugpp Respecto De Contribuciones Parafiscales De Seguridad Social. Frente A Otras Disposiciones Demandadas, Resolvió Estarse A Lo Resuelto En Las Sentencias C-384/23 Y C-390/23.C-541/23Cosa Juzgada Constitucional Frente A Cargos Contra Normas Que Establecen Aplicación De Umbral Y Tarifas Diferentes Para Contribuyentes En El Regimen Simple De Tributacion (Rst). Estarse A Lo Resuelto En Sentencia C-540/23.C-518/23Reforma Tributaria Para La Igualdad Y La Justicia Social. Impuesto Sobre La Renta Para Personas Jurídicas. Sobretasa En Renta De Las Empresas Dedicadas A La Extracción De Petróleo Crudo. Regalías- No Son Deducibles Del Impuesto A La Renta.C-322/23Delito De Aborto. Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda Frente A Cargo Por Violación Al Derecho A La Igualdad. Estarse A Lo Resuelto En Sentencias C-355/06 Y C-055/22, Respecto A Los Cargos Relacionados Con Trasgresión De Los Principios A La Dignidad Humana Y Libre Desarrollo De La Personalidad.
Ver las 35

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.