DecretoVigente
Decreto 3110 de 1955
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
48artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11La Caja Seccional De Los Seguros Sociales De Cundinamarca Es Una Entidad Autónoma De Derecho Social, Con Personería Jurídica Y Patrimonio Propio Distinto De Los Bienes Del Instituto Y Del Estado, E Independiente Del Mismo, Sometida A La Dirección Técnica, Supervigilancia Y Control Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, Con Sede En La Ciudad De Bogotá2La Caja Seccional De Los Seguros Sociales De Cundinamarca, Tiene Como Funciones Especiales: A) Dirigir, Administrar Y Controlar Directamente El Seguro De Enfermedad No Profesional Y Maternidad; B) Servir De Organismo De Ejecución A Los Seguros Cuya Administración Directa Corresponde Al Instituto Colombiano De Seguros Sociales, Y C) Administrar Los Seguros Facultativos Y Los Adicionales3En Desarrollo De Las Autorizaciones Consignadas En Los Artículos 9º Y Ordinal 8º, Y 70 D Ela Ley 90 De 1946, La Caja Seccional De Cundinamarca Optará Por Una Política De Inversiones Y Rentabilidad De Sus Bienes, En Orden A Obtener Beneficios Económicos Que La Capaciten Para El Adecuado Cumplimiento De Sus Fines Propios, Con Sujeción A Los Planes Generales De Inversiones Del Instituto4La Dirección Administrativa, Financiera Y Técnica De La Caja Seccional De Los Seguros Sociales De Cundinamarca, Está A Cargo De Una Junta Directiva Y De Un Gerente, A Quien Corresponda, Además, La Representación Legal De La Institución5Forman La Junta Directiva De La Caja: A) Un Inspector Del Trabajo, Nombrado Por El Ministerio Del Ramo; B) Un Representante De Los Trabajadores; C) Un Representante De Los Patronos, Y D) Un Representante Del Cuerpo Médico6Son Funciones De La Junta Directiva: 1º Crear Cargos, Señalar Funciones Y Fijar Las Asignaciones Del Personal Al Servicio De La Caja7El Periodo De La Junta Directiva Será De Un Año, Contado A Partir De La Fecha De Nombramiento De Sus Miembros8Son Causales De Destitución De Los Miembros De La Junta Directiva: 1º Dejar De Asistir A Más De Cuatro (4) Sesiones Consecutivas De La Junta, Sin Causa Que Lo Justifique, Lo Cual Se Comprobará Con Certificación Del Secretario De La Junta, A Petición De Cualquiera De Sus Miembros O Del Gerente; 2º Incurrir En Alguna De Las Incompatibilidades Establecidas En Las Leyes Y En Los Presentes Estatutos; 3º Violar Gravemente Cualquiera De Sus Obligaciones, A Juicio De La Mayoría Absoluta De La Junta, Y 4º Haber Sido Condenado Por Infracción Penal9La Junta Tendrá Un Presidente Y Un Vicepresidente, Elegidos De Su Seno Para Periodos De Seis (6) Meses, Y Podrán Ser Reelegidos Indefinidamente10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819Artículo 1920Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Artículo 2425Artículo 2526Artículo 2627Artículo 2728Artículo 2829Artículo 2930Artículo 3031Artículo 3132Artículo 3233Artículo 3334Artículo 3435Artículo 3536Artículo 3637Artículo 3738Artículo 3839Artículo 3940Artículo 4041Artículo 4142Artículo 4243Artículo 4344Artículo 4445Artículo 4546Artículo 4648Artículo 48
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