Articulo 31 . La Caja iniciará actividades con las siguientes dependencias administrativas y científicas, aparte de la Junta Directiva, la Gerencia y la Secretaria General: Departamento Financiero, Departamento Administrativo, Departamento de Contabilidad y Caja y Departamento Médico.
Las funciones de los Departamentos a que se refiere este artículo, serán las mismas que cumplen actualmente los correspondientes Departamentos del Instituto Colombia- no de Seguros Sociales en relación con el seguro de Enfermedad lo Profesional y Maternidad en la zona económica de Bogotá.
Mientras se designan Gerente y Junta Directiva de la Caja, y Jefes de Departamento, el Gerente General del Instituto queda facultado para organizar administrativa y científicamente la Caja, hacer nombramientos de los empleados necesarios, celebrar contratos a nombre de la Caja dentro de las condiciones señaladas en los Estatutos del Instituto y realizar el reajuste transitorio de funciones que considere necesario. Capitulo IV Fondo de Solidaridad .