Articulo 45 . La Caja de los Seguros Sociales de Cundinamarca se subrogará en todos los contra- tos celebrados y las obligaciones adquiridas por el Instituto tu su gestión administrativa del Seguro de Enfermedad Maternidad, en la zona económica de Bogotá, que se relacionen directamente con e riesgo a su cargo.
Decreto 3110 de 1955 →Vigente
Artículo 45
Decreto 3110 de 1955 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.