T-802 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Isabel Cristina De Fatima Vallejo Zapata Vs. Iss Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud la integridad física la seguridad social la igualdad y la vida digna de afiliada en calidad de beneficiaria a quien por falta de resolución de un derecho de peticion sobre sustitución pensional de su esposo fallecido le ha configurado mora en el pago de la cotización y suspensión de los servicios de salud.
Solicita se ordene al iss ponerse al dia en el pago de los aportes y a la eps renovar la prestación de los servicios de salud.
Protección constitucional del derecho a la salud y la seguridad social.
Regimen legal de los beneficiarios en el sistema general de seguridad social en salud y la desafiliacion en el regimen contributivo.
La sala estima que en casos en los cuales se han interrumpido tratamientos médicos específicos tales como cirugías examenes de diagnóstico suministro de medicamentos durante el término prescrito por el médico tratante la prestación de los servicios debe extenderse hasta que dichos tratamientos sean terminados.
La peticionaria se encuentra nuevamente afiliada como consecuencia del reconocimiento de la pension de sobreviviente por parte del iss.
Carencia actual de objeto por hecho superado
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la decisión adoptada el veintidós de (22) de febrero de 2005 por el Juzgado
- Undécimo. (11) Civil del Circuito de Medellín en la cual denegó el amparo solicitado por la señora ISABEL CRISTINA DE FÁTIMA VALLEJO en calidad de agente oficiosa de su señora madre LUZ ELENA ZAPATA HURTADO, dentro del trámite de la acción instaurada contra COOMEVA E.P.S y el Instituto de Seguros Sociales ISS -Antioquia-.
- Segundo. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por existir un hecho superado.
- Tercero. ORDENAR a COOMEVA E.P.S. que en el evento en que hubiere transcurrido un término mayor de seis meses sin que se efectuase el pago de las cotizaciones de la señora Luz Elena Zapata, mantenga la antigüedad de ésta en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para los efectos legales correspondientes.
- Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.