T-465 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Carlos Villamil Chaux Vs. Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica y finalidad
- Orden de certificación de lo realmente devengado y no de lo que apareciera en archivos y documentos del Ministerio de Relaciones Exteriores
- Carácter excepcional
- Características que debe reunir
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso dentro del tramite de incidente de desacato contra el coordiandor de nomina y prestaciones del ministerio de relaciones exteriores por la revocatoria de la decisión que impuso sancion de arresto y multa por incumplimiento habiéndose declarado el desacato.
Solicita se revoque la decision de la corte suprema de justicia - sala de casación penal se deje sin efcecto la misma y se imponga el desacato ordenando cumplir la decision proferida por esta corporación.
Tutela contra providencias judiciales.
Naturaleza juridica del incidente de desacato y su finalidad.
La figura juridica del desacato se traduce en una medida de carácter coercitivo y sancionatorio con que cuenta el juez de conocimiento de la tutela en ejercicio de su facultad disciplinaria para sancionar con arresto y multa a quien desatienda las ordenes o resoluciones judiciales que se han expedido para hacer efectivo la proteccion de derechos fundamentales.
La sala de casacion penal de la corte suprema de justicia efectuo una interpretacion no ajustada a la realidad probatoria en el incidente incurriendo en una via de hecho.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 20 de octubre de 2004, dentro de la acción de tutela interpuesta por Carlos Villamil Chaux contra Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, y en su lugar CONCEDER el amparo solicitado, por haber incurrido la accionada, en una vía de hecho.
- Segundo. Ordenar al Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, efectúe las diligencias necesarias para dar cumplimiento a lo ordenado en el Incidente de Desacato.
- Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.