T-1113 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Edna Margarita Acosta Vega Vs. Juzgado Cuarenta Civil Municipal De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Responsabilidad objetiva y subjetiva
- Diferencias
- Procedimiento
- Límites, deberes y facultades del juez
- Naturaleza
- Facultad para hacer cumplir sus fallos
- Cumplimiento inmediato
- Procedencia excepcional
- Procedencia excepcional
- Objeto y naturaleza
- Naturaleza
- Pasos que debe dar el juez de tutela en caso de que la orden no sea cumplida
- Vulneración en trámite de incidente de desacato
- Contenido
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de extrabajadora en la copropiedad del edificio world trade center a quien no le fue terminado su contrato de trabajo encontrándose en estado de embarazo hecho conocido por su empleador y habiendose ordenado por parte del juzgado el reintegro de la trabajadora lo que conllevo a que la accionante iniciara un incidente de desacato por el no cumplimiento de la orden impartida.
Obligación de cumplir las sentencias de tutela.
Diferencia entre cumplimiento y desacato.
Objeto del incidente de desacato.
Limites deberes y facultades del juez que tramíta el incidente de desacato.
Procedencia de la accion de tutela contra decisiones que ponen fin al incidente de desacato.
No es apelable la decisión del incidente de desacato.
A juicio de la corte no puede el juez que conoce el incidente de desacato modificar el alcance del fallo de tutela.
El juzgado no podia esgrimir como causa para negar el incidente de desacato la falta de acreditacion de la presentación oportuna de la demanda laboral cuano la misma es una prueba que habia podido ordenar de oficio y considerar antes de fallar.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las decisiones proferidas por el Juzgado Veinticinco Civil del Circuito de Bogota y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota - Sala Civil que resolvieron la accion de tutela promovida por la senora Edna Margarita Acosta Vega contra el Juzgado Cuarenta Civil Municipal de Bogota y la administracion del edificio World Trade Center Bogota, y en consecuencia, tutelar su derecho fundamental al debido proceso de la actora.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO el tramite del incidente de desacato adelantado por el Juzgado Cuarenta Civil Municipal de Bogota en contra del World Trade Center, mediante el cual se profirio la decision de 9 de febrero de 2005.
- Tercero. ORDENAR a la juez Cuarenta Civil Municipal de Bogota, que profiera una nueva decision atendiendo a los criterios constitucionales expuestos en la presente providencia.
- Cuarto. Senala la Sala que, el tramite del incidente de desacato en cuestion y la decision que al respecto se adopte, no excusa al mismo Juzgado de buscar el cumplimiento del fallo dictado por esa misma autoridad el 9 de agosto de 2004.
- Quinto. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.