Micelio
Sentencia de Tutela6 de febrero de 2003

T-086 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Evangelina Blanco De Zuñiga Vs Tribunal Superior De Cartagena

Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso Vida Salud Y Medio Ambiente Sano. Solicitud Cierre Definitivo Del Relleno Sanitario De Henequen. Modificacion Orden Impartida. Incidente De Desacato. Tutela Contra Tutela. Cosa Juzgada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Tutela
  • Modulación de orden para asegurar el goce del derecho amparado
  • Competencia restringida para modificar órdenes
  • Razonabilidad en las órdenes que profiere
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
  • Alcance
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Corresponde al juez de primera instancia
Consulta Del Desacato
  • Requisitos procesales
  • Competencia para modificar órdenes en tutela
  • Efectos
Cosa Juzgada En Tutela
  • Diferencia entre la decisión y la orden específica
Debido Proceso
  • Vulneración por modificación orden de tutela sin adoptar medida compensatoria
Fallo De Tutela
  • Diferencia entre órdenes simples y complejas
  • Modificación de la orden implica medida compensatoria
  • Modificación de la orden respecto a relleno sanitario
9 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar la sentencia del 16 de agosto de 2002 de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia del 8 de agosto de 2002 de la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, ambas proferidas dentro del proceso de la referencia.
  2. Segundo. Conceder parcialmente el amparo del derecho al debido proceso solicitado por Evangelina Blanco de Zuniga en el proceso de accion de tutela contra la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior de Cartagena, por las razones expuestas.
  3. Tercero. Ordenar a la Sala de Decision Civil y de Familia del Tribunal Superior de Cartagena de Indias, que en el termino de 48 horas contadas a partir del momento en que se notifique esta sentencia, si no lo ha hecho aun, modifique el auto de 5 de junio de 2002 expedido dentro del tramite del incidente de desacato en el proceso de la referencia, en el sentido de incluir alguna medida compensatoria adecuada y suficiente a favor de las personas cuyo derecho fue tutelado en la sentencia del 4 de julio de 2001 y este siendo efectivamente afectado en la actualidad por la decision de volver a abrir el relleno sanitario de Henequen, de manera temporal mientras se ejecuta eficazmente el programa para asegurar su cierre definitivo.
  4. Cuarto. Librar, por medio de la Secretaria General, las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991. Comunicar el fallo a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoAntonio Barrera CarbonellSalvamentoClara Ines Vargas Hernandez
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.