Micelio
Sentencia de Tutela20 de octubre de 2011

T-780 de 2011

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Manuel De Jesus Pulgarin Jaramillo Como Agente Oficioso De Blanca Lilia Jaramillo Alzate·Demandado Empresas Publicas De Medellin

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empresas Prestadoras Del Servicio Publico De Energia
  • Obligación de mantenimiento de redes eléctricas
Derecho A La Seguridad Personal
  • Orden a Empresas Públicas de Medellín realizar mantenimiento inmediato a la red eléctrica sobre cableado que pasa por encima de la vivienda de la accionante
  • Cableado eléctrico que se extiende sobre una edificación debe respetar unas distancias mínimas de seguridad para evitar vulneración de derechos fundamentales de los particulares
  • Opera para proteger a las personas de aquellas situaciones que se ubican en el nivel de riesgos extraordinarios, que el individuo no tiene el deber jurídico de soportar
  • Vulneración por mal estado o mala ubicación de cableados eléctricos
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Empresa que presta un servicio domiciliario puede ser demandado
Principio De Inmediatez
  • Debe analizarse en cada caso el tiempo transcurrido entre la presentación de la tutela y las circunstancias del caso
Agencia Oficiosa
  • En el caso de adultos mayores, dado su especial estado de vulnerabilidad, los requisitos deben flexibilizarse
Derecho A La Vida Y A La Seguridad Personal
  • Se encuentra en grave riesgo por el relampagueo con chispa que producen cables que pasan por encima de la vivienda de la accionante
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad personal.

El accionante actuando como agente oficioso de su progenitora, solicita que las Empresas Públicas de Medellín retire y reubique el cableado que está sobre la vivienda que ella habita, en cuanto su tranquilidad y seguridad se ven perturbadas cuando en épocas de lluvias se produce un relampagueo con chispa en el cable desnudo que viaja por el polo a tierra, el cual se encuentra ubicado a 30 metros por encima de la vivienda.

El actor alega que la negativa de las EPM de retirar el cableado está poniendo en riesgo no sólo la casa, sino la vida de las personas que habitan en ella.

La Sala decide tutelar el derecho a la seguridad personal y ordenar a la empresa accionada realizar la revisión y mantenimiento de la red eléctrica que pasa sobra la casa de habitación de la demandante y adoptar un plan de contingencia con la finalidad de minimizar los riesgos.

CONCEDIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el dia quince (15) de abril de dos mil once (2011), por el Juzgado
  2. Quinto. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Medellin, en cuanto nego la accion de tutela interpuesta por Manuel de Jesus Pulgarin Jaramillo, obrando como agente oficioso de su Senora madre Blanca Lilia Jaramillo Alzate. En su lugar, CONCEDER el amparo parcial para la proteccion del derecho fundamental a la seguridad personal de la senora Blanca Lilia Jaramillo, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR al representante legal de EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN o a quien haga sus veces, que en termino maximo de quince (15) dias contados a partir de la notificacion de esta providencia, realice la revision y mantenimiento de la red electrica que cruza sobre la casa de habitacion de la demandante.
  4. TERCERO. ORDENAR al representante legal de EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN o a quien haga sus veces, que en termino maximo de un (1) mes contado a partir de la notificacion de esta providencia, adopte un plan de contingencia con la finalidad de minimizar los riesgos.
  5. CUARTO. ORDENAR al representante legal de EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN o a quien haga sus veces, ENVIAR en el termino de dos (2) meses contados a partir de la notificacion de esta providencia, un informe detallado al Juez de instancia sobre el cumplimiento de las ordenes.
  6. QUINTO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por169
T-502/24Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto Penal-Estándar De Motivación De La Orden De Privación De La Libertad. Principio De Congruencia En El Anuncio Del Sentido Del Fallo Y En La Sentencia Escrita.T-495/24Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto Penal Al Inadmitir Recurso De Casación-Improcedencia Por Incumplir Requisito De Relevancia Constitucional (Delito De Falsedad En Documento Privado A Título Doloso).T-373/24Tutela Contra Providencias Judiciales (Medio De Control Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho)-Estabilidad Laboral En El Régimen Especial De Las Fuerzas Militares. Defecto Fáctico Y Precedente Constitucional (Posible Reubicación De Soldado En Deberes Administrativos Por Disminución De Capacidad Laboral).T-327/24Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico Y Vida Digna-Suministro De Servicios, Tecnologías Y Tratamiento Integral-Valoración Para Fijar Las Condiciones Del Servicio De Cuidador O De Enfermería (Paciente En Condición De Discapacidad).T-323/24Uso De Herramientas De Inteligencia Artificial Generativas Para La Toma De Decisiones-Garantía De Tratamiento Integral Para Niños, Niñas Y Adolescentes Con Diagnóstico De Trastorno Del Espectro Autista (Suministro De Trasporte, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras).T-289/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Para Acceder A La Pensión De Vejez-Desconocimiento Del Precedente Constitucional. Consecuencias De La Omisión De Afiliación Y Cotización Al Sistema De Seguridad Social (Pago Extemporáneo Del Cálculo Actuarial).
Ver las 169

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.