T-465 de 2010
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Oscar Joya Martinez·Demandado Universidad Antonio Nariño Seccional Bucaramanga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que la institución educativa no expide titulo profesional por falta de certificación de paz y salvo por todo concepto
- Vulneración al goce efectivo de éste al exigir paz y salvo como requisito de grado
- Derecho deber que genera obligaciones reciprocas
- Condena en abstracto por desconocimiento al goce efectivo del derecho a la educación al no expedir titulo profesional
- Hermano en representación de la hermana que vive en el exterior
- No es absoluta
- Vulneración por parte de la institución educativa al no dar cumplimiento al reglamento estudiantil
- Análisis constitucional
- Concepto, alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Educación y trabajo.
El accionante actúa como representante de su hermana quien se encuentra viviendo en Francia, comenta que ella es egresada de la universidad accionada y que no se le ha fijado fecha de grado, pese a que se encuentra a paz y salvo en todo concepto con la universidad, afectando sus derechos fundamentales ya que su título profesional es indispensable para acceder a una beca que le fue otorgada, solicita se ordene fijar fecha de grado en el menor tiempo posible y se proceda a la expedición del título correspondiente.
La Sala en primer lugar analiza la procedencia de la legitimación por activa, se concluye que la representada no podía ejercer de forma directa la defensa de sus derechos por razones físicas ya que al momento de la interposición de la acción se encontraba fuera del país, por lo tanto en el presente caso se configura la legitimación por activa, luego se realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho fundamental al goce efectivo de la educación, el principio de autonomía universitaria y el reglamento estudiantil, resulta evidente que la institución accionada no cumplió con la normativa derivada de su propio reglamento estudiantil que la obliga a expedir un título profesional cuando se llenan todos los requisitos para tal fin, vulnerándole el derecho a la educación, se ordena expedir el título universitario y como la urgencia en la expedición del título estaba supeditada a la formalización del estudio de un posgrado con beca para el periodo 2009 y 2010, se encuentra pertinente condenar en abstracto por los daños que dicha negativa le hubiese ocasionado a la estudiante frente a la posibilidad de continuar en el sistema educativo a nivel de posgrado ya que contaba con la posibilidad real de continuar con sus estudios.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Séptimo. Penal Municipal de Bucaramanga (Santander). En su lugar, CONCEDER la protección del derecho fundamental a la educación de la señorita Yolanda Joya Martínez.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Universidad Antonio Nariño que, en el evento que aún no lo hubiere hecho, expida y entregue dentro del término de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia el título profesional de sicóloga de la señorita Yolanda Joya Martínez.
- TERCERO. Por las razones y con las salvedades expuestas en esta providencia, CONDENAR en abstracto a la Universidad Antonio Nariño a pagar los perjuicios y el daño emergente causados a la señorita Yolanda Joya Martínez por la vulneración de su derecho fundamental a la educación, en los términos del numeral 5.6 de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.