T-938 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Cubillos Murillo Manuel Libardo·Demandado Juzgado 37 Civil Municipal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia
- Legitimidad e interés
- Alcance y contenido de la respuesta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se acude a la acción constitucional porque se estima que la omisión del despacho judicial demandado de dar respuesta al derecho de petición presentado por un tercero para solicitar el desarchivo del expediente de un proceso ejecutivo instaurado por Codensa en contra del peticionario, ocasiona a éste un perjuicio irremediable en tanto ya había pactado un contrato de compraventa en el cual se fijaron arras por la suma de cinco millones de pesos que, al hacerse efectivas por el cumplimiento, le ocasionaran un desmedro económico.
El despacho judicial pidió no acceder a las pretensiones de la demanda y alegó que no vulneró garantía constitucional alguna, poque el escrito al que el actor le da el nombre de petición es realmente una solicitud de desarchivo, a la que se le dio el trámite respectivo, para lo cual se realizó una búsqueda que resultó impróspera.
La falta de correspondencia injustificada entre el sujeto del derecho y el promotor del amparo y, por ende, la falta de legitimación en la causa por activa del tutelante llevó a la Corte a declarar la IMPROCEDENCIA de la presente acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIMAR el fallo emitido por el Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogota dentro del proceso de tutela iniciado por Manuel Libardo Cubillos Murillo contra el Juzgado 37 Civil Municipal de Bogota con base en las razones expuestas.
- Segundo. LIBRENSE por la Secretaria General de esta Corporacion las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.