Sentencia de Tutela6 de agosto de 2003
T-669 de 2003
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Flor Maria Palacios Quinto Vs. Red De Solidaridad Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion Y Trabajo De Madre Cabeza De Familia. Solicitud Asignacion Proyecto Productivo Y Subsidio Familiar De Vivienda. Respuesta De Fondo. Poblacion Desplazada. Falta De Notificacion Efectiva. Dilacion Injustificada. Concedida Parcial.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Madre Cabeza De Familia Desplazada
- Protección especial
Desplazados Y Derecho Al Trabajo
- Atención en cuanto a presentación de proyectos productivos
Desplazados Y Derecho De Peticion
- Atención en cuanto a presentación de proyectos productivos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, del 21 de febrero de 2003, y, en su lugar, CONCEDER la tutela a los derechos de petición y trabajo de la señora Flor María Palacios
- Quinto.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas posteriores a la notificación de la presente sentencia, conteste de fondo la petición elevada por la accionante el 16 de octubre de 2002 y constate la efectiva recepción de la respuesta.
- TERCERO. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que una vez brindada la asesoría acerca de las diferentes alternativas de consolidación económica, haga un seguimiento de la efectiva atención de la peticionaria en la entidad a la cual acuda para obtener tal consolidación y tome las medidas de coordinación necesarias en caso de que constate que no se están desplegando las actividades para proteger el derecho al trabajo de la peticionaria.
- CUARTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-098/02Derechos A La Salud Vivienda Trabajo Educacion Integridad Personal Y Dignidad Humana. Proteccion Al Menor. Trato Preferencial. Situacion De Indefension Por Desplazamiento Forzado De Personas Del Choco. Competencia Y Funciones Del Juez De Primera InstanciaT-327/01Derechos A La Vida Integridad Personal Libre Desarrollo De La Personalidad Salud Vivienda Y De Los Menores. Desplazamiento Forzado. Inscripcion En El Registro Nacional De Desplazados. Prestacion De Servicios. Buena Fe. Concedida.T-1160/01Derecho Al Minimo Vital De Docentes. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Procedencia Excepcional De La Tutela. Conducta Omisiva. Llamado A Prevencion. Hecho Superado Parcialmente. Ley 550 De 1999. Concedida.A. 249/01Nulidad De Todo Lo ActuadoT-178/00Derecho De Peticion. Debe Comunicarse Respuesta Al Solicitante. Personeria Municipal De Usiacuri (Atl). Concedida.T-1635/00Derecho A La Vida En Condiciones Dignas Salud Integridad Personal Libre Circulacion Dentro Del Territorio Igualdad Real Y Efectiva A Una Vivienda Digna Trabajo Y Educacion De Los Niños Y Los Desplazados. Reubicacion. Ocupacion Instalaciones De La Cruz Roja En Bogota. Concedida.
Ver las 12 →Citada por96
SU.279/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Acción De Grupo-Garantía Para Acceder A La Reparación Integral Por Desplazamiento Forzado Interno Prolongado. Principio De Centralidad De Las Víctimas.T-367/19Derecho A La Seguridad Personal De Lideres Y/O Dirigentes Sindicales.T-721/17Derecho A Morir Dignamente De Personas En Estado Vegetativo. Facultad De Familiares De Solicitar Eutanasia,T-544/17Derecho De Peticion. Vulneracion Por Eps Al No Dar Respuesta A Solicitud Del Derecho A Morir Dignamente De Menor De Edad.T-376/17Traslado Laboral De Docente Por Razones De Salud.T-083/17Derecho De Peticion De Victimas Del Conflicto Armado. Vulneracion Por La Uariv Al No Contestar Dentro De Termino Solicitud De Indemnizacion Administrativa.
Ver las 96 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.