T-367 de 2019
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ivan Hernandez Mateus Y Otro·Demandado Unidad Nacional De Proteccion Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Reglas jurisprudenciales
- Procedimiento administrativo para acceder o continuar con medidas de protección
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se estudiaron dos acciones de tutela formuladas de manera independiente, en las cuales los actores alegaron vulneración de sus derechos fundamentales con base en los siguientes hechos: 1º.
La finalización del esquema colectivo de protección que tenía el peticionario en su condición de sindicalista, como consecuencia de la reevaluación del nivel de riesgo que dictaminó un grado ordinario.
Se considera necesaria la protección integral retirada y se cuestionan, por falta de motivación, los actos administrativos que dispusieron el referido retiro. 2º.
La falta de respuesta oportuna, clara y de fondo frente a la solicitud de un esquema de protección, pedido por el tutelante por las múltiples amenazas que recibió.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
El derecho de seguridad personal y el deber de protección del Estado. 2º.
La protección de los líderes y/o dirigentes sindicales. 3º.
El procedimiento para otorgar protección a personas en situación de riesgo extraordinario o extremo. 4º.
Reglas jurisprudenciales respecto del derecho al debido proceso administrativo en el procedimiento de calificación de riesgo de la Unidad Nacional de Protección y, 5º.
El derecho fundamental de petición.
En el primer asunto se negó el amparo y en el segundo se concedió.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 28 de enero de 2019 proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota que revoco la decision del 4 de diciembre de 2018 del Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogota que amparo los derechos fundamentales a la vida y a la seguridad personal del accionante, y que en su lugar nego la proteccion invocada dentro de la accion de tutela, conforme la parte motiva de esta providencia. (Expediente T-7.268.841)
- SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 11 de febrero de 2019, por el Juzgado Treinta Civil del Circuito de Bogota que amparo el derecho fundamental de peticion del accionante y que ordeno a la Direccion General de la Policia Nacional - Oficina de Proteccion de Derechos Humanos del Comando General del Ministerio de Defensa ponerlo en conocimiento de la respuesta a la peticion formulada el 8 de enero de 2019, conforme la parte motiva de esta providencia. (Expediente T- T-7.285.064)
- TERCERO. INFORMAR a la Unidad Nacional de Proteccion sobre lo resuelto en la presente accion de tutela e INSTAR para que, si no lo ha hecho, de respuesta a la peticion realizada por el senor Jose Vicente Canas Cardona, remitida por la Direccion General de la Policia Nacional - Oficina de Proteccion de Derechos Humanos del Comando General del Ministerio de Defensa. (Expediente T- T-7.285.064)
- QUINTO. LIBRENSE por Secretaria General de la Corte las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.