Micelio
Sentencia de Tutela4 de noviembre de 2005

T-1130 de 2005

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Carlos Alberto Echavarria Cano Vs. Seguro Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Requisitos de las respuestas otorgadas por entidades públicas
Acción De Tutela
  • Criterios para reconocimiento de pensiones cuando media la exigencia de un bono pensional
Sistema De Seguridad Social En Pensiones
  • Omisión de las entidades que lo conforman
Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de petición y a la vida en condiciones dignas de persona que estuvo afiliada y se traslado al regimen de ahorro individual administrado por colfondos ante el cual inicio los tramites para la pension anticipada y habiendo solicitado la emisión del bono pensional la respuesta recibida le resulto insuficiente.

Solicita se ordene al iss certifique la cuota parte del bono pensional que le corresponde.

Requisitos constitucionales de las respuestas otorgadas por autoridades públicas.

La sala observa que la respuesta emitida por la institución accionada cumple con las condiciones antes citadas.

En efecto dentro del término legal el seguro social informó al actor de forma clara y suficiente acerca del procedimiento para la emisión del bono pensional y las entidades legitimadas para iniciar ese trámite.

De este modo concluyó la imposibilidad de dar curso a la solicitud en vista que no había recibido petición formal por parte de las instituciones con facultad para ello.

Por lo tanto no es posible inferir la existencia de una negativa injustificada por parte del seguro social en emitir el bono pensional puesto que al momento de resolver el requerimiento realizado por el demandante expuso de manera suficiente las razones que sustentaban la imposibilidad de acceder a lo pedido.

El seguro social no ha dejado de cumplir con sus obligaciones legales relacionadas con la emisión del bono pensional sino que sólo se ha restringido a comprobar los requisitos necesarios para el reconocimiento de la cuota financiera antes aludida como parte del trámite administrativo necesario para adoptar la decisión correspondiente.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR, con base en las razones expuestas en esta sentencia, la decisión proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Medellín el 24 de mayo de 2005, que negó la protección de los derechos fundamentales invocados por el ciudadano Carlos Alberto Echavarría Cano.
  3. SEGUNDO. PREVENIR al Instituto de los Seguros Sociales para que en el término previsto en el artículo 6º del Código Contencioso Administrativo, profiera el acto que resuelva de manera definitiva la solicitud de reconocimiento de la cuota parte financiera relacionada con la pensión de jubilación requerida por el ciudadano Echavarría Cano.
  4. TERCERO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.