Sentencia de Tutela9 de junio de 2000
T-671 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Ramiro Alvarez Sierra Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bono Pensional
- Expedición y emisión
- Pronta tramitación
- Demora en emisión afecta derechos fundamentales
Via De Hecho
- Se niega pensión por demora en emisión del bono
Derechos Adquiridos
- Protección
Norma Constitucional
- Respeto a la jerarquía normativa
Pension De Vejez
- Protección constitucional
Principio A Salario Igual Pension Igual
- Cumplimiento de requisitos de ley
Principio De Favorabilidad Laboral
- Regímenes de transición y especiales
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR en la T-292688 la sentencia del 23 de noviembre de 1999 proferida por el Tribunal Administrativo de Santander y en su lugar ORDENAR, que en el termino de 48 horas, la Universidad Industrial de Santander, emita y expida el bono pensional de Ramiro Alvarez Sierra y el envio del bono a los Seguros Sociales.
- Segundo. REVOCAR en la T-292720, la sentencia del 17 de enero del 2000 proferida por el Juzgado 2deg Laboral del Circuito de Bucaramanga y en su lugar ORDENAR a los Seguros Sociales, Seccional Santander corregir la Resolucion 3041 de 2 de diciembre de 1949 por cuanto incurrio en via de hecho, y en su lugar decidir que Juan Manuel Mateus tiene derecho al reconocimiento de su pension de manera completa segun la ley y asi se debe hacer en el termino de 48 horas.
- Tercero. REVOCAR en la T-293562, la sentencia del 13 de diciembre de 1999, del Juzgado 1deg Laboral de Neiva y ORDENAR que en 48 horas la Alcaldia de Neiva emita y expida el bono pensional de Emir Osorio Serrato y lo remita a los Seguros Sociales.
- Cuarto. REVOCAR en la T-293567, el fallo del Juzgado Laboral de Honda, de 16 de diciembre de 1999, y ORDENAR que quede sin efecto la Resolucion 3123 de 1999 que nego la pension de Stella Rodriguez y en su lugar se debera tramitar a la mayor brevedad la emision y expedicion del bono y resolver sobre la peticion de pension.
- Quinto. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta sentencia, el fallo proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala Civil y Agraria, el 3 de febrero del 2000, en la T-296286.
- Sexto. OFICIAR a la Procuraduria para los efectos del articulo 16 del decreto 1474 de 1997, segun se indico en la parte motiva.
- Septimo. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
T-538/00Derecho A La Seguridad Social Vida Y Salud. Emision Del Bono Pensional. Iss. Concedida.C-037/00Excepcion De Ilegalidad Sobre Acto Administrativo. Inexistencia De Consagración Expresa En La Constitución Y De Posibilidad De Invocación Por Particulares O Autoridades AdministrativasT-865/99Der Igualdad. Der Al Trabajo Seguridad Social Debido Proceso Caxdac. Reliquidacion Pension. Tutela Contra Sentencia De La Sala Laboral Corte Suprema De Justicia. Via De Hecho. Concedida.T-577/99Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Der. A La Seguridad Social. No Cancelacion De Bono Pensional Por Entidad. Concedida.C-702/99Ley 489/98. Arts. 738475968 Y 111 Parciales Y; 5152535455 Y 120. Reestructuracion Del Estado. Facultades Extraordinarias Del Presidente. Exequibles E Inexequibles.T-549/98Der. De Peticion. Solicitud De Remision Del Bono Pensional. Concedida Parcialmente.
Ver las 7 →Citada por132
T-077/22Pension De Invalidez-Conflicto Entre Administradoras De Fondos De Pensiones No Puede Afectar Las Garantías Fundamentales Del AfiliadoT-218/21Prestación Humanitaria Periódica Como Medio Para Garantizar El Mínimo Vital Y La Dignidad Humana De Las Víctimas Del ConflictoT-056/17Reliquidacion De Pension De Vejez. Procedencia De Tutela Para Evitar Perjuicio Irremediable A Sujeto De Especial Proteccion Constitucional.T-445A/15Procedencia Excepcional De La Accion De Tutela Para El Reconocimiento De Derechos Pensionales. Bonos Pensionales Y Normativa Aplicable Para Su Liquidación, Emision, Expedicion Y Redencion.T-159/13Tutela de 2013T-948/12Tutela de 2012
Ver las 132 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.