Micelio
Sentencia de Tutela21 de septiembre de 2010

T-763 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Juan Humberto Prieto Villegas·Demandado Consejo Superior De La Judicatura Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Disciplinario
  • Aplicación frente a quien ejerce la profesión de abogado, en el Estado Social de Derecho
Accion De Tutela Contra Consejo Superior De La Judicatura
  • Improcedencia por no acreditarse los defectos aducidos en las decisiones judiciales por lo cual no se produjo vulneración del debido proceso
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, presunción de inocencia.

Al actor se le inició un proceso disciplinario por que perdió una letra de cambio y no restituyó unos abonos de pago efectuados por la deudora, en la sentencia se ordenó la suspensión del ejercicio de su profesión por el término de tres meses, el acciónate alega que en el proceso se incurrió en una vía de hecho ya que se adelanto un proceso en el que jamás se le endilgó al la apropiación de dineros, nunca se denunció una afrenta su patrimonio, es más el proceso fue desistido, por lo tanto solicita se deje sin piso la providencia y se ordene dictar nuevamente el fallo teniendo en cuenta que la acción disciplinaria se extinguió por prescripción.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra decisiones judiciales, las precisiones sobre la acusación específica de los defectos fáctico y sustancial, el debido proceso disciplinario y su aplicación frente a quien ejerce la profesión de abogado, en el Estado social de derecho, no se encontró que se hubiera producido una vulneración al debido proceso, con lo cual las decisiones no incurrieron en una vía de hecho.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR, la sentencia proferida por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 20 de abril de 2010 por virtud de la cual se confirmó la sentencia del 26 de enero de 2010, mediante la cual se resolvió negar el amparo solicitado por el señor Juan Humberto Prieto Villegas, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. DEVOLVER al Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Disciplinaria, el expediente disciplinario no. 2006-1307, adelantado contra el abogado Juan Humberto Prieto Villegas, para lo pertinente.
  3. Tercero. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.