Micelio
Sentencia de Tutela3 de abril de 2009

T-266 de 2009

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Luis Felipe Arrieta Wiedman·Demandado Juzgados 18 Penal Municipal Y 8° Penal Del Circuito De Bogota Y Fiscalia 80 Local De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Defectos
  • Evolución jurisprudencial
  • Requisitos de procedibilidad
Derecho A La Defensa Tecnica
  • Elementos que concurren para la violación del núcleo esencial
  • No vulneración al núcleo esencial
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso que se alega conculcado por los despachos demandados por un supuesto defecto en la apreciacion de las pruebas allegadas al mismo. <br>causales genericas de procedibilidad de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Evolucion jurisprudencial.

Reiteracion. <br>el derecho a la defensa tecnica y la via de hecho.

Se expusieron los condicionamientos para que irregularidades en la prestacion de la defensa tecnica constituyan via de hecho, a saber: (i) que efectivamente se presenten fallas en la defensa que no puedan encuadrarse en el margen de libertad para la escogencia de la estrategia de defensa; (ii) que tales deficiencias no sean imputables al procesado o que no hayan resultado como consecuencia de su intencion de evadir la accion de la justicia; (iii) que la falta de defensa tecnica revista tal magnitud que sea determinante para la decision judicial; (iv) que, como producto de todo lo anterior, haya acaecido una seria vulneracion de los derechos fundamentales del procesado. <br>la sala determino que la actuacion del defensor del petente se encontraba dentro del referido margen de autonomia en la escogencia de cierta tactica de defensa, por ende, no hubo la alegada violacion de derechos fundamentales. <br>negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. LEVANTAR la suspension del termino decretado dentro del tramite de revision de la accion de tutela.
  2. Segundo. CONFIRMAR por las razones expuestas los fallos proferidos por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 29 de febrero de 2008 y la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 1deg de abril de 2008.
  3. Tercero. LIBRENSE por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.