T-750 de 2005
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Myriam Lucero Castro Laverde Vs. Secretaria De Salud De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hija en representación de madre enferma
- No pueden convertirse en una barrera para el acceso a los servicios de salud cuando el usuario no está en la capacidad de sufragar su costo
- Excepción al cumplimiento de pagos moderadores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de persona de la tercera edad que sufre cancer de colon rectal y a quien por estudio socioeconómico se le determino su calidad de vinculada por lo que tenia derecho a recibir un subsidio en salud por parte del distrito capital de hasta el 70% correspondiéndole asumir como cuota de recuperación el 30% restante; Sin embargo la persona de la cual depende el reconocmiento de la cuota de recuperación no cuenta con recursos para cubrir la totalidad de la cuota del tratamiento requerido.
Solicita se ordene a la secretaria de salud de bogota el cubrimiento total de todos los tratamientos requeridos.
Legitimación por activa.
Fallecimiento de la titular de los derechos objeto de tutela en el tramite de la misma.
Negada por carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos para fallar el presente asunto, decretada por la Sala en auto del 24 de junio de 2005.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Sesenta Civil Municipal de Bogotá el 24 de febrero de 2005, por ausencia actual de objeto, producido por la muerte de la señora Soledad Laverde Dussán.
- TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.