T-287 de 2005
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Daniel Arturo Matiz Serrato Vs. Secretaria Distrital De Salud De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de cobro de cuotas de recuperación para adquisición de medicamentos
- Calidad de vinculado
- Realización de encuesta que permita acceder al régimen subsidiado de salud aunque haya sido objeto de estudio en una IPS
- Orden para que se haga asignación de ARS
- Pago de cuotas de recuperación por parte de los vinculados
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud la vida y la seguridad social de persona que ostenta la calidad de vinculado al sistema de salud fue operado de cancer de próstata y presenta complicaciones.
Ha solicitado al aplicación de la encuesta sisben para su afiliacion al regimen subsidiado pero no ha sido posible.
Solicita se ordene la aplicación de la encuesta y su afiliación al regimen subsidiado.
Sistema de selección de beneficiarios para programas sociales sisben y el regimen subsidiado de salud.
Pago de cuotas de recuperación por parte de los vinculados al sistema de seguridad social en salud.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. Declarar que como se ha presentado un hecho superado, y por esta única razón, se niega la tutela al derecho de petición de Daniel Arturo Matiz Serrato, conforme a la parte considerativa de este fallo.
- SEGUNDO. Prevenir a la Administración Distrital de Bogotá para que en lo sucesivo no vuelva a incurrir en este tipo de conductas vulneratorias de los derechos fundamentales de sus usuarios.
- TERCERO. Revocar las sentencias proferidas el 13 de agosto de 2004, por el Juez Trece Civil Municipal de Bogotá, y el 8 de octubre del mismo año, por el Juez
- Tercero. Civil del Circuito de Bogotá y, en su lugar, conceder la tutela a los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la seguridad social de Daniel Arturo Matiz Serrato.
- CUARTO. Inaplicar, en este proceso, la regulación contenida en el artículo 18 del Decreto 2357 de 1995 sobre cuotas de recuperación.
- QUINTO. En consecuencia, ordenar a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, suministre a Daniel Arturo Matiz Serrato los medicamentos que le han prescrito sus médicos tratantes, sin que le sea exigida cuota de recuperación alguna.
- SEXTO. Ordenar a la Secretaría de Salud Distrital de Bogotá que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, inicie las diligencias pertinentes para la asignación de una A.R.S. a Daniel Arturo Matiz Serrato, de acuerdo con los cupos disponibles y los ordenes de prelación previstos por la normativa vigente
- SÉPTIMO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, los juzgados de origen harán las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.