Micelio
Sentencia de Tutela18 de agosto de 1998

T-428 de 1998

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Vladimir Benitez Bautista

Tema · dato duro
Der. A La Vida Y A La Salud De Indigena. Dilaciones En La Prestacion Del Servicio De Salud. Hospital San Juan De Dios. Hecho Superado. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De Revision De Tutela
  • Fallecimiento de actor no exime pronunciamiento de fondo
Carencia Actual De Objeto
  • No exime al juez de tutela realizar estudio del asunto que llega a su conocimiento y emitir fallo cuando se presenta durante el trámite de revisión
Derecho A La Salud
  • Inconvenientes de atención a beneficiarios por trámites internos de compensación de cuentas
Prevencion En Tutela
  • Dilación injustificada en prestación prioritaria servicio de salud
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR la sentencia proferida en primera instancia el 2 de marzo de 1998 por el Juzgado 25 Penal Municipal de Santafé de Bogotá, que resolvió la demanda presentada por el señor Vladimir Benítez Bautista, en representación de la fallecida Isolina Imbajoa Zambrano, en contra del Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santafé de Bogotá, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Sentencia.
  4. Segundo. PREVENIR al Hospital San Juan de Dios para que en lo sucesivo y atendiendo a las consideraciones consignadas en esta providencia, se abstenga de dilatar la prestación del servicio de salud a las personas que por sus condiciones físicas, sociológicas y económicas requieran atención prioritaria.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.