Micelio
Sentencia de Tutela10 de julio de 2014

T-496 de 2014

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Teresa Del Niño Jesus Benavides Gaviria Como Agente Oficiosa De Sus Nietas·Demandado Cosmitet Ltda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Fundamental y prevalente
  • Orden de reactivar afiliación, en calidad de usuarias del programa especial de salud del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio
  • Vulneración por desafiliación de menores del servicio de salud como beneficiarias de su progenitora, quien falleció
Elementos Esenciales Del Derecho A La Salud
  • Accesibilidad económica, disponibilidad, aceptabilidad y calidad
Legitimacion En La Causa Por Activa
  • Abuelos en representación de nietos menores de edad
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

A través de la figura de la agencia oficiosa se incoa la acción de tutela en representación de dos jóvenes menores de edad, a quienes les suspendieron el servicio médico que recibían de la E.P.S. a la cual se encontraban afiliadas, bajo el argumento de proceder la desactivación y pérdida de la calidad de beneficiarias, por el fallecimiento de la cotizante principal, es decir, su progenitora, a quien, en su calidad de docente, le habían reconocido una pensión de invalidez, con la deducción de los aportes respectivos al régimen de salud administrado por la accionada.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

La legitimación por activa de los abuelos para agenciar derechos de sus nietos menores de edad. 2º.

El derecho fundamental a la salud de los niños, niñas y adolescentes. 3º.

El régimen de seguridad social en salud aplicable a los docentes y a los pensionados afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, extensible a los núcleos familiares que registran como beneficiarios.

Se CONCEDE el amparo a los derechos fundamentales a la salud, a la seguridad social y al interés superior en favor de las adolescentes agenciadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la decision adoptada el 22 de enero de 2014, por el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Armenia - Quindio, que nego la accion de tutela instaurada por Teresa del Nino Jesus Benavides Gaviria como agente oficiosa de las menores adolescentes Laura Sofia y Maria Fernanda Gomez Benavides, contra la Corporacion de Servicios Medicos Internacionales Them "Cosmitet Ltda" y la vinculada Fiduciaria La Previsora S.A. "Fiduprevisora". En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud, a la seguridad social y al interes superior en favor de aquellas adolescentes.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a los representantes legales de la Fiduciaria La Previsora S.A. "Fiduprevisora" y de la Corporacion de Servicios Medicos Internacionales Them "Cosmitet Ltda", o a quienes hagan sus veces, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, procedan a realizar las gestiones necesarias con el fin de reactivar la afiliacion de las jovenes Laura Sofia y Maria Fernanda Gomez Benavides, en calidad de usuarias del programa especial de salud que ofrece el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio. Asi mismo, procedan a garantizar el acceso y la prestacion efectiva de los servicios medicos asistenciales que soliciten de acuerdo con la cobertura de tal programa.
  4. TERCERO. ORDENAR, al Juzgado
  5. Sexto. Civil Municipal de Armenia - Quindio, que verifique y vele por el acatamiento cabal de la presente providencia, para lo cual hara los requerimientos del caso si la IPS Cosmitet Ltda o la Fiduprevisora S.A. no dan cumplimiento en el plazo senalado.
  6. CUARTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.