T-749 de 2015
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Javier Ramiro Rozo Calderon·Demandado Universidad Cooperativa De Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a Universidad reintegrar en calidad de estudiante al accionante, a efecto de poder inscribir y cursar las dos asignaturas que tiene pendientes del pensum para el cual se inscribió y poder acceder al título profesional
- Caso en que Universidad niega reintegro de estudiante para recibir dos materias
- Debió advertirse que respecto a la afirmación referida a la precaria situación económica del actor, ésta debía tenerse por cierta, pues constituía una negación indefinida, la cual no fue desvirtuada por el ente universitari
- Se debió enfatizar en la procedencia de la acción, por cuanto si bien el sistema jurídico prevé el proceso civil ordinario para una obligación de hacer, éste no es idóneo ni eficaz
- Protección por tutela
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor considera que la Universidad Cooperativa de Colombia, Seccional Barrancabermeja vulnera sus derechos fundamentales, al despachar desfavorablemente una solicitud de reingreso y, consecuentemente, no permitirle inscribir y recibir dos materias pendientes de cursar para alcanzar su título de Administrador de Empresas, por el hecho de haber estado inactivo académicamente por más de dos años.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho a la educación y su amparo por medio de la tutela, así como del principio de autonomía universitaria.
Se CONCEDE el amparo y se ordena a la universidad accionada reintegrar al actor en calidad de estudiante para el primer período académico del 2016, a efectos de poder inscribir y cursar las dos asignaturas que tiene pendientes del pensum para el cual se inscribió y acceder al título de profesional al que aspiró.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 21 de abril de 2015, por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Barrancabermeja que, a su vez, confirmo la dictada el 5 de marzo de 2015, por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Barrancabermeja y, en su lugar, amparar los derechos fundamentales del actor.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Universidad Cooperativa de Colombia, Seccional Barrancabermeja que reintegre en calidad de estudiante al senor Javier Ramiro Rozo Calderon para el primer periodo academico del ano 2016, a efectos de poder inscribir y cursar las dos asignaturas que tiene pendientes del pensum para el cual se inscribio y poder acceder al titulo profesional al que aspiro.
- TERCERO. Por secretaria general librar las comunicaciones de que trata el Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.